Trabajos y Comunicaciones, 2da. Época, Nº57, e180, enero - junio 2023. ISSN 2346-8971
Universidad Nacional de La Plata - Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación
Departamento de Historia.

Dosier: Los obispos y el gobierno de las parroquias
en el mundo hispanoamericano colonial

Las parroquias del arzobispado de México según el libro de gobierno de Manuel Rubio y Salinas, 1749-1765

María Teresa Álvarez Icaza Longoria

Instituto de Investigaciones Históricas, Universidad Nacional Autónoma de México, México
Cita sugerida: Álvarez Icaza Longoria, M. T. (2023). Las parroquias del arzobispado de México según el libro de gobierno de Manuel Rubio y Salinas, 1749-1765. Trabajos y Comunicaciones, 57, e180. https://doi.org/10.24215/23468971e180

Resumen: En este trabajo se usará el libro de gobierno de Manuel Rubio y Salinas como fuente para conocer la dinámica de las parroquias del arzobispado de México hacia la segunda mitad del siglo XVIII. En ese libro se hace visible la constante intervención de la mitra para regular la presencia y movilidad del personal eclesiástico de los curatos, así como en los ajustes realizados a la estructura parroquial. Igualmente, se hace presente la mediación del prelado en los conflictos entre los curas y los feligreses

Palabras clave: Arzobispado de México, Parroquias, Libro de gobierno, Manuel Rubio y Salinas.

The Parishes of Archbishopric of Mexico according to Manuel Rubio y Salinas Government Book, 1749-1765

Abstract: In this paper it will be used the Government Book of Manuel Rubio y Salinas as a source to know the dynamics in the parishes belonging to the Archbishopric of Mexico towards the second half of the 18th century. In that book it can be seen the constant intervention of the miter to regulate the presence and mobility of ecclesiastical personnel in the curates as well as in the adjustments made to the parochial structure. Besides, it is possible to notice the mediation of the prelate in conflicts between priests and parishioners

Keywords: Archbishopric of Mexico, Parishes, Government Book, Manuel Rubio y Salinas.

El libro de gobierno de Manuel Rubio y Salinas

En el estudio de la Iglesia indiana es importante ir profundizando en el conocimiento del desarrollo de las diferentes diócesis. Estas jurisdicciones fueron fundamentales para la organización del vasto territorio americano. Los primeros obispados se fueron fundando en los lugares a los que llegaron los conquistadores y los misioneros. Inicialmente en las Antillas Mayores y después en Tierra Firme pronto se trazaron varias líneas expansivas que permitieron ir estableciendo un número abundante de diócesis, el proceso fue especialmente dinámico en el siglo XVI y se estabilizó hacia 1620, si bien continuaron haciéndose modificaciones en lo sucesivo.1 En las Indias los obispos adquirieron un papel protagónico porque eran la máxima autoridad eclesiástica existente en cada una de las jurisdicciones que se fueron definiendo; ellos encabezaron el proceso de cristianización desarrollado en el territorio a su cargo; asimismo se convirtieron en eficaces instrumentos para el ejercicio del poder real. (Rubial, 2020) Óscar Mazín subraya el papel privilegiado de las diócesis como una unidad útil, de una escala intermedia entre las abundantes alcaldías mayores, de extensión moderada, y las Reales Audiencias, cuya amplitud fue notable, sobre todo en Nueva España.2 Este autor señala que en los dominios americanos de España las diócesis fueron las entidades jurisdiccionales que mejor permiten dar cuenta del proceso de poblamiento, ocupación urbana y creación de un orden social corporativo. (Mazín, 2020).

Una de las responsabilidades centrales del episcopado era articular el territorio puesto bajo su autoridad para que en él habitaran de manera estable la feligresía y el clero. Esto sólo era posible a través de la creación de unidades territoriales acotadas: los curatos, nombre bajo el cual pueden englobarse tanto las parroquias administradas por el clero diocesano como las doctrinas regidas por los regulares. Rodolfo Aguirre ha subrayado que estas entidades no permanecieron estáticas a lo largo del tiempo, sino que se transformaron como resultado de múltiples factores eclesiásticos, políticos y sociales. (Aguirre, 2017). Es en este ámbito en el que pueden encontrarse cambios importantes en el transcurso de una prelacía.

Los obispos tenían obligaciones muy diversas, entre ellas se encontraba la de llevar una serie de libros de gobierno (Hernández, 1993, p. 161) Esto se refiere en amplio sentido a los registros que se generaban por diversos aspectos de la gestión episcopal, sin embargo, hay un tipo particular de texto realizado por los obispos que se llamaba específicamente “libro de gobierno”. Esta fuente documental resulta de especial interés porque permite tener información general sobre un obispado en un momento particular de su desarrollo; asimismo, hace posible obtener una visión de conjunto de una gestión episcopal específica. Por medio de los registros realizados por un prelado puede conocerse el ritmo en su actividad, se detectan años de acción intensa y otros con menos asuntos; se hace visible lo común y lo extraordinario; se constata cómo era la interacción de la mitra con el gobierno civil, los diferentes sectores del clero y la feligresía.

En el caso de la arquidiócesis mexicana se dispone de libros de gobierno de la mayoría de los arzobispos del siglo XVIII y principios del siglo XIX.3 Hay un libro de gobierno de José de Lanciego y Eguilaz, Juan Antonio de Vizarrón y Eguiarreta, Manuel José Rubio y Salinas, Francisco Javier Lizana y Beaumont, Antonio de Bergosa y Jordán; asimismo, se conocen tres de Alonso Núñez de Haro y Peralta y de Pedro José de Fonte. La existencia de libros de gobierno en esta temporalidad específica es llamativa, quizá al paso del tiempo a los prelados mexicanos se les presentara la necesidad de crear un instrumento que le permitiera llevar un registro operativo de sus múltiples tareas. Sin embargo, es posible que algunos se hayan extraviado por lo cual no tenemos la certeza de cuándo se hicieron por vez primera; es extraño que no hiciera este tipo de registros Francisco Antonio de Lorenzana y Buitrón, es probable que el libro correspondiente a su prelacía esté perdido.

Pese a su riqueza, los libros de gobierno han sido escasamente aprovechados, una excepción es el trabajo de Berenise Bravo Rubio y Marco Antonio Pérez Iturbe. Ellos explican que la información consignada en ellos constituye un índice de los asuntos sobre los que se abrió un expediente en los archivos diocesanos, especialmente útil ante lo fragmentado de sus fondos originales. (Bravo y Pérez, 2001, p. 16). Bravo (2006) usó esta fuente en una investigación posterior. En este texto me interesa demostrar que los libros de gobierno son instrumentos valiosos para conocer el desarrollo de una diócesis y que ofrecen grandes oportunidades para acercarse a variadas temáticas.

Puede decirse, a grandes rasgos, que las obligaciones inherentes a la misión episcopal son la predicación, la administración de sacramentos y las actividades relativas a la regencia, es decir la provisión de beneficios, la administración de la justicia, la caridad, la atención a los necesitados y la visita pastoral. (Barrio, 2004, 47) La atención de esos deberes generaba distintos tipos de registros, han recibido particular atención los libros de visita pues proporcionan información muy rica acerca del territorio recorrido por el prelado y sus auxiliares.4Las anotaciones realizadas en este tipo de fuente permiten un acercamiento a la geográfica eclesiástica, así como a la situación del clero y la feligresía de cada curato incluido en el derrotero.

Por su parte, en un libro de gobierno se hacen más evidentes las tareas referentes a la parte operativa de la gestión ejercida desde la sede episcopal. Allí se enlistaban las diferentes acciones de las que se ocupaba un prelado diocesano a lo largo de su mandato, con énfasis en sus deberes pastorales. A través de su análisis es posible saber cuáles eran los asuntos que usualmente atendía quien encabezaba una diócesis. Aparecen también los proyectos particulares de cada prelado. A partir de la frecuencia de las menciones es posible ver cuáles temas tuvieron un lugar central. También puede saberse con quiénes mantenía comunicación un mitrado.

El libro de gobierno de Manuel Rubio y Salinas da inicio en 1749 y concluye en 1762.5 Ignoro si la información correspondiente a los años finales de esta prelacía no fue registrada o si fue anotada en otro lado. Cada uno de los años la información está organizada en cinco divisiones. La división primera consigna los datos de gobierno ordinario civiles y criminales, los domicilios y las residencias, las colaciones de prebendas, los capitulados y la provisión de curatos. La división segunda proporciona información sobre los ingresos y las profesiones en los conventos de religiosas, también se registra la elección de preladas. En la división tercera se enlistan los autos de dispensas de proclamas, de parentescos y de casamientos. La división cuarta se dedica a diversos temas relativos a las finanzas, la edificación y otros asuntos de los conventos. La división quinta contiene los autos de las presentaciones de los curas, así como las permutas y las renuncias.

Este libro incluye gran variedad de temas, si bien se trata de menciones bastante breves pues no se consignan los pormenores de los asuntos enunciados. Destaca la existencia de abundantes registros sobre los curatos, a ello se dedican todas las anotaciones de la división quinta y parte de los registros de la división primera, la cual se complementa con información sobre el alto clero y el seminario diocesano. También los conventos de monjas y los beaterios reciben considerable atención, como se demuestra con la dedicación a ellos de la división segunda y cuarta. La feligresía ocupa un lugar más acotado pues sólo se le dedica la división tercera. Esto puede darnos pautas acerca del tiempo que le dedicaba el prelado a cada uno de los sectores que conformaban el arzobispado mexicano.

Respecto a los acontecimientos específicos que ocurrieron durante esta prelacía, sobresalen las anotaciones acerca de la construcción del Sagrario metropolitano, la celebración de los jubileos de 1752 y 1760, la declaración del patronato de Virgen de Guadalupe sobre la Nueva España, la proclamación de la Inmaculada Concepción como patrona de los dominios españoles y las epidemias de 1762. En el libro de gobierno de este prelado puede constatarse su interlocución con la corte, se ve que fue más fluida en los primeros años y se fue diluyendo al paso del tiempo, asimismo, se observa un contacto eventual con otros miembros del episcopado de las Indias; la interacción con los distintos virreyes fue constante, pues a quien ocupaba este cargo le correspondía dar opiniones sobre asuntos diversos de la administración diocesana, en ocasiones aparecen otras figuras del gobierno civil, como los alcaldes mayores y sus tenientes.

Cabe señalar que la comunicación más constante se relaciona con la atención de cuestiones concernientes al personal de los curatos de la arquidiócesis mexicana. Es explicable que así fuera dado que los prelados diocesanos debían velar por el cumplimiento de las obligaciones de los eclesiásticos. También debe considerarse que desde la década de 1740 los Borbones propiciaron cambios más amplios y perdurables en el clero parroquial indiano (Taylor, 1999, p. 18). Los obispos fueron los encargados de instrumentar una serie de reformas con el propósito de fortalecer a las parroquias, mientras disminuían las doctrinas, y de favorecer al clero secular en lugar de a los religiosos. Para mostrar la presencia de la temática referente a las parroquias en la fuente estudiada decidí dividir el análisis en tres aspectos: el control ejercido por Rubio sobre quienes estaban a cargo de los curatos, los ajustes realizados en esta época a la estructura parroquial y la intervención del arzobispo en los conflictos de los ministros con los feligreses.

Control sobre la ocupación de los curatos y la movilidad de los eclesiásticos

Un obispo tomaba las decisiones para dotar a cada curato con el personal eclesiástico necesario para la atención espiritual de la feligresía tanto si se hacían cargo de la administración clérigos diocesanos como religiosos. El III Concilio Provincial Mexicano había establecido que todos los eclesiásticos que ejercían como curas debían someterse a la autoridad de los prelados. (Martínez, 2004, III Concilio Provincial Mexicano, Libro Tercero); en realidad, en el arzobispado de México debió pasar un tiempo largo para que los religiosos acataran las órdenes de la mitra. (Pérez Puente, 2005) Para mediados del siglo XVIII la sede metropolitana contaba con una red de curatos bastante articulada, si bien, como se demuestra en el libro de gobierno analizado, se presentaban cambios continuos en sus ocupantes.

La movilidad estaba presente en ambos sectores del clero a cargo de la cura de almas, usualmente la de los mendicantes había sido menor que la de los seculares, además si un doctrinero no estaba presente en su curato había otros frailes para sustituirlo, los clérigos diocesanos generalmente presentaban oposiciones en diversas ocasiones hasta alcanzar un curato a su satisfacción. La secularización de doctrinas efectuada a partir de la emisión de la real cédula del 4 de octubre de 1749 (AGNM, Reales Cédulas, vol. 69, exp. 103) desencadenó un mayor tránsito de personal. (Taylor, 1999, p. 148) Rubio fue el principal impulsor de este programa en la arquidiócesis mexicana, en el libro de gobierno se constata que se dirigió a Fernando VI, al marqués de la Ensenada y a otros ministros para atender diversos asuntos relacionados con la ejecución del proyecto; asimismo, se cita una comunicación sobre este tema entre el prelado mexicano y el poblano. Como resultado de las transferencias efectuadas por el prelado todos los lugares que fueron quedando disponibles en los curatos pasaron a manos del clero diocesano y los religiosos debieron abandonar sus templos. (Álvarez Icaza, 2015).

Un curato podía estar en situación de vacancia por la muerte, renuncia, remoción o promoción de su anterior ocupante. Existían procedimientos generales determinados por la legislación hispana e indiana (Murillo, 2005), en Nueva España se siguieron en particular los decretos del III Concilio Provincial Mexicano; la tradición de la arquidiócesis también marcaba precedentes a considerar; asimismo, se presentaron situaciones específicas que cada prelado debió atender. El libro de gobierno de Manuel Rubio y Salinas ofrece la posibilidad de saber cómo fueron ocupados los curatos de la arquidiócesis mexicana durante esta prelacía.

La causa más frecuente de cambio del titular de un curato era por la muerte de éste, quizá justo por eso los decesos de los curas no suelen anotarse en el libro de gobierno. En el de Rubio se consignó que cuando moría un doctrinero el provincial correspondiente debía informar al arzobispo, esto da pistas para vislumbrar cómo ejercían su papel de intermediación, entre la mitra y las doctrinas, las autoridades de las órdenes religiosas. Sólo hay unos cuantos registros de fallecimientos de doctrineros como una nota que daba inicio al proceso por el cual esos lugares pasaban a manos del clero secular. Así ocurrió, por ejemplo, cuando murió el doctrinero de Querétaro. Normalmente la mayoría de los cambios del personal de los curatos se hacía como resultado de una renovación natural, así ocurrió también en el gobierno de Rubio; sin embargo, en este periodo hubo años en los que las modificaciones se debieron a otras causas, algunas tuvieron que ver con la política puesta en marcha por este prelado, otras fueron el resultado de las decisiones de los eclesiásticos de la arquidiócesis mexicana.

Son poco frecuentes las anotaciones de renuncias del personal de los curatos. En los 14 años que abarca el libro de gobierno sólo se consignan 18 renuncias. Al principio llegaron a presentarse casos en algunas doctrinas de agustinos, así se señala en Tianguistengo y Capulhuac, lo cual contribuyó a que esta orden religiosa perdiera varios curatos que le fueron asignados al clero diocesano, después las órdenes religiosas ya no dejaron voluntariamente sus doctrinas. El resto de las renuncias se presentaron en las parroquias, no conocemos las razones, pero a veces se cita que un clérigo dejaba un curato para irse a otro. Quizá en algunos casos se presentaron dificultades para adaptarse, eso pudo sucederle al cura recién nombrado en la nueva parroquia de Xochitepec quien renunció pocos meses después de asumir el cargo. Un evento muy inusual ocurrió en 1758 cuando el párroco de Cuernavaca pidió licencia para dejar su curato pues había decidido ingresar a la rama descalza de los franciscanos, en total contrasentido a la tónica de la época.

Muy raramente se señala que el prelado removiera a un eclesiástico de un curato. El prelado llegó a solicitarle a algún clérigo salir de un lugar en particular, esta situación se presentó con el vicario de Tlalnepantla; igualmente, requirió la presencia de ciertos individuos en la sede arzobispal, así se lo ordenó a un presbítero residente en Tenancingo. Un caso singular es la notificación a Rubio por parte del párroco de Huitzuco acerca de que había tomado medidas para que no siguiera a cargo de Chilpancingo su cura dado que estaba imposibilitado para ocuparse de sus labores por padecer demencia, asimismo, informaba haberlo remitido a la Ciudad de México. Queda claro que sólo en casos extremos se presentaron razones para pedir la salida de los clérigos diocesanos de los curatos.

En cambio, el término “remoción” se utiliza con cierta frecuencia para referirse a la salida de los regulares de los curatos. Asimismo, se habla de la “expulsión” de los regulares y de la intervención del virrey en la determinación de las doctrinas por transferirse. El programa secularizador tomó fuerza tras la emisión de la real cédula del 1º de febrero de 1753 (AGNM, Reales Cédulas Originales, vol. 73, exp. 13). En ella se determinó que los prelados diocesanos podían tomar la decisión de hacer la transferencia de curatos cuando lo consideraran conveniente, sin esperar a la muerte del doctrinero ocupante. Esto se reflejó claramente en el libro de gobierno de Rubio. Allí se hizo el señalamiento de la expulsión simultánea de los regulares de 17 doctrinas en 1754 y de ocho en 1756. Un vocablo que aparece con frecuencia es el de “ocupación” de las doctrinas secularizadas. En los primeros años se enlistan juntas hasta seis de ellas, la mayoría le pertenecían a los agustinos y a los dominicos. En alguna ocasión también se habló de la “entrega” de alguna doctrina por parte de los religiosos. En el caso de Calimaya, Chilcuautla y Coatepec se usó el término “despojo”, usual en la documentación emitida por las órdenes religiosas, pero no en la de la mitra. Es llamativo el lenguaje empleado para describir este programa, pues coexisten términos contradictorios. En algunos casos se vislumbra una intención de justificar el cambio jurisdiccional pues se insinua que los regulares merecían ser removidos y expulsados, cuando se habla una doctrina entregada se hace parecer como un acto voluntario de los frailes, mientras al señalar que los curatos de los religiosos fueron ocupados y se les despojó de ellos se da la idea de una acción contundente e incluso injusta por parte de la mitra.

Normalmente no se anotaron los pormenores derivados de la transferencia de un curato; sin embargo, pueden encontrarse algunos datos interesantes. Se consigna el envío de un informe de los bienes que extrajeron los religiosos al salir de la doctrina de Cuernavaca. Se menciona la devolución al provincial franciscano de la imagen de Nuestra Señora de la Macana, con sus altares y alhajas, tras la secularización de Tlalnepantla. También se alude a las alhajas de Tolimanejo, concernientes a los franciscanos, y de Santo Domingo Soriano, tocantes a los dominicos, cuando estos dos lugares se integraron en un mismo curato.

Hay una anotación bastante llamativa: los indios del curato de Tlatelolco, administrado por los franciscanos, se dirigieron al prelado para solicitar que pusiera un clérigo a cargo de su atención espiritual. La petición no fue atendida durante esta prelacía, ni siquiera cuando el curato quedó vacante. En 1758 un franciscano fue designado como cura interino, en 1760 se consignó que una real cédula había ordenado que este curato se dejara a los seráficos por lo cual otro fraile de esta orden fue nombrado como cura titular. El asunto muestra dos cosas interesantes: un intento de participación de los feligreses en la toma de decisiones respecto a su ministro y que la defensa realizada por los frailes, tanto en la propia arquidiócesis como en la metrópoli, sí pudo postergar la transferencia de este curato.

La promoción de los eclesiásticos, es decir el cambio a una parroquia con mejores condiciones laborales no se menciona en esos términos en el libro de gobierno, sin embargo, ésta era una aspiración constante que los curas tenían presente y ellos buscaban la oportunidad para lograrlo (Álvarez Icaza, 2020c). Los curatos más solicitados en el arzobispado mexicano eran los de la Ciudad de México y Querétaro, los que estaban ubicados en lugares céntricos, como los valles de México y Toluca, así como los de los reales de minas. Para lograr un ascenso los curas debían realizar acciones que fueran consideradas meritorias desde la perspectiva de la mitra. Eventualmente llega a registrarse en esta fuente la noticia de algún acto sobresaliente que un cura le hacía saber a Rubio, por ejemplo, el cura de Tempoal le comunicó que se había ocupado de la reedificación de su parroquia. Los ministros procuraban enumerar entre sus logros las obras de construcción, reparación y ornamentación realizadas en las iglesias y capillas del territorio bajo su jurisdicción. (Taylor, 1999, p. 152) Asimismo, un eclesiástico mencionó en 1756 que era autor del tratado titulado Dirección de curas y jueces eclesiásticos.

En el libro de gobierno se evidencia que cuando un curato quedaba vacante solía nombrarse a un cura interino, decidido por el prelado, mientras se llevaba a cabo la designación formal del cura propietario; en el contexto imperante lo esperable era que todos los interinos fueran seculares, pero en ocasiones Rubio eligió a religiosos. Llegó a registrarse que un cura interino tuviera un buen desempeño y los feligreses se dirigieran al prelado para solicitar que le fuera concedida la titularidad del curato, así lo hizo el vecindario de San Jerónimo Aculco y se anotó que la petición se tendría presente. Hay varias menciones de un coadjutor, éste era nombrado cuando el cura titular no tenía la capacidad para ocuparse de la administración de los feligreses a su cargo por vejez, enfermedad, ausencia o alguna causa grave. El libro da visibilidad a los curas interinos y a los coadjutores, personajes comúnmente poco mencionados cuando se analiza la administración de los curatos.

El paso necesario para la ocupación de una parroquia era la emisión de un edicto convocando a un concurso de oposición. Por la ordenanza del patronazgo en 1574 (Martínez, 2004, anexo 4) se había establecido que éstos se realizaran anualmente o cada dos años, cuando hubiera varios curatos pendientes de proveerse. Hasta mediados del siglo XVIII las vacantes existentes para los seculares eran escasas y eso había llevado a un visible desfase entre la demanda de ocupaciones y las posibilidades reales de encontrar acomodo en los espacios laborales existentes. (Aguirre, 2009) Durante la prelacía de Rubio se sumaron las causas que modificaron esta situación. En los primeros años de su gobierno este arzobispo consideró que una cantidad importante de curatos habían sido ocupados irregularmente por los religiosos, a ello se agregó la muerte de algunos doctrineros, como resultado empezaron a incrementarse las oportunidades para los clérigos. Desde 1753, por la autoridad concedida a los prelados diocesanos de decidir cuándo realizar la secularización de las doctrinas, se crearon más oportunidades de empleo para los clérigos diocesanos. Con la emisión de la real cédula del 23 de junio de 1757 (AGNM, Reales Cédulas Originales, vol. 77, exp. 77) se hizo un nuevo ajuste, la transferencia de los curatos volvió a realizarse al fallecimiento de sus doctrineros y cada provincia pudo elegir dos doctrinas para conservarlas. Es importante subrayar que en el libro de gobierno se refleja claramente la importancia concedida por Rubio a este programa y se puede constatar el ritmo de aplicación del mismo. Hay también señalamientos respecto a las resoluciones tomadas por los religiosos, por ejemplo, se consignó la petición de los agustinos para que se les reservara el curato de Metztitlán. En suma, esta fuente es de especial interés para conocer las particularidades del programa de secularización de doctrinas en el arzobispado mexicano.

En el libro de gobierno también se anotaban los casos en los que un cura proponía la permuta con el ocupante de otro curato, cabe aclarar que el intercambio únicamente podía realizarse entre los miembros de un mismo sector del clero y si se trataba de religiosos debía hacerse con un cura perteneciente a su orden religiosa. En los primeros años hubo casos de permutas en las doctrinas, pero después dejaron de presentarse y sólo se realizaron en las parroquias. Durante esta prelacía las menciones de permutas no son frecuentes, en total hay 17 registros en 14 años. Este mecanismo solía utilizarse para que los dos individuos involucrados pudieran tener acceso a un curato que le resultara más conveniente, sin esperar a la vacancia de éste y sin hacer un nuevo concurso de oposición. En alguna ocasión fue el recurso empleada por un cura que debía salir con cierta premura de un curato, tal fue el caso de Domingo de la Mota, cura de Yautepec. De la Mota había detectado que en Yautepec y la región aledaña había una cantidad abundante de feligreses que llevaba a cabo prácticas idolátricas. El cura encabezó la denuncia y persecución de las personas involucradas. En el libro se alude a la intervención de la mitra y al envío a la sede del gobierno arzobispal de varios reos acusados de idolatría, pero luego la situación se complicó también para el cura (Luna, 2016). Poco tiempo después de la Mota realizó una permuta con Lucas Mejía, cura de Chalco.

Para seleccionar a un cura la mitra hacía un listado de tres propuestas que se mandaban al virrey para que en su calidad de vicepatrono él decidiera a quién elegir. Al prelado diocesano le correspondía realizar la provisión de los curas designados. Eventualmente se consignaron datos puntuales, como la lengua indígena en la que se hacía la administración y la suficiencia en lenguas indígenas de algunos de los provistos. Me pareció interesante la mención de que un eclesiástico había conmutado su título obtenido a título de idioma, el cual solía implicar más limitaciones (Aguirre, 2006), por uno de capellanía con el propósito de abrirse el camino a mejores oportunidades laborales. Una vez designado el cura, el prelado debía darle la colación, esto permitía la legalidad canónica y su posesión vitalicia del curato. Este paso se anotaba en el libro de gobierno. En la división primera del libro a veces cada caso se consignaba individualmente, pero también se anotaban varios juntos, esto se ve cuando diversos curatos fueron secularizados en una misma época. Se hace evidente la intención de Rubio de uniformar el funcionamiento de los curatos, esto se comprueba al ver que en el libro de gobierno se enlistaron juntas las colaciones de curas de parroquias recién erigidas y de las que ya eran administradas desde antes por los seculares. En varios casos se específicó que se hacía la colación de los primeros párrocos. En la división quinta se anotaron los nombres de los eclesiásticos que recibieron la colación, los curatos a los que fueron asignados y la fecha específica. Los registros son abundantes pues se consignan 255 colaciones. Esta información es valiosa pues permite tener una idea bastante clara de los cambios ocurridos en los curatos de la arquidiócesis mexicana durante la prelacía de Rubio; asimismo, puede saberse quiénes ocupaban las menguantes doctrinas y las cada vez más abundantes parroquias en esta época.

Hay varias menciones referentes a los jueces eclesiásticos en el libro de gobierno, es ocasional la mención de un título, muy probablemente porque en las parroquias se daba junto con el de cura, si bien debe señalarse que en esta época hubo novedades porque fue más común que ambos cargos fueran ejercidos por una misma persona. Se anota la instrucción del arzobispo para que los jueces llevaran registro puntual de los trámites realizados, también les encargó evitar la extracción de papeles de los juzgados eclesiásticos. Se menciona una cordillera en la cual se explicaba a los jueces cómo proceder en los casos de maleficios de los indios. Rubio se dirigió a algún juez para pedirle informes sobre un doctrinero, como lo hizo para aclarar ciertas denunicas contra el fraile a cargo de Tlalmanalco. Varios jueces se dirigieron al prelado, así lo hizo el de Actopan informando sobre la resistencia de los agustinos a entregar los papeles de rentas y fincas de aquella parroquia. Se menciona una carta del juez eclesiástico de Tochimilco sobre el estado de los curatos y las iglesias de Hueyapan, Ocuituco y Tetela. También se cita una misiva del juez de Querétaro informando de lo ocurrido en el juzgado de esa ciudad tras la visita pastoral.

Hay un buen número de anotaciones referentes a los ayudantes de los curatos. Las referencias a los vicarios son las más comunes. Los habitantes del pueblo Nepopoalco, de la doctrina de Totolapan, pidieron un vicario de pie fijo. Los naturales de Real del Monte solicitaron que su cura pusiera otro vicario. En algunas peticiones se específica incluso el nombre del individuo que se pedía fuera nombrado, como lo hizo el cura de Huayacocotla. Los naturales de Ocotepec expresaron ante el prelado su interés por conservar un vicario, pero el cura presentó un informe en el cual se negaba rotundamente a su pretensión. A la inversa, se consignó que el cura de Tlanchinol expuso las causas por las cuales no quería admitir como vicario a cierto eclesiástico; también se aludió a un informe por el cual el cura de Chilpancingo explicó los motivos que tuvo para despedir a su vicario. Me pareció curiosa la mención de la queja del cura de Molango en contra de su vicario por vender una mula que le había dado. También es peculiar la anotación de que la madre del cura de Tlanchinol se quejó ante la mitra de los dos vicarios de su hijo porque no lo asistían. A veces era el vicario quien presentaba certificaciones de los curas a cuyo servicio había estado para que dieran fe del debido cumplimiento de sus tareas con miras a conseguir otro empleo. Se asientan casos de vicarios, como el del pueblo de Alahuistlán, que se dirigieron directamente al prelado para pedirle la asignación de un salario. También algún eclesiástico le solicitó al prelado licencias de confesar para poder encontrar acomodo como vicario. A pesar de su gran importancia el personal auxiliar de los curatos ha recibido escasa atención, en el libro de gobierno de Rubio hay pistas interesantes para su estudio.

Para poder dedicarse a cualquier tarea de atención a la feligresía los eclesiásticos debían contar con licencia del prelado diocesano en el lugar en el cual pretendían llevar a cabo sus labores. En caso de mudarse de diócesis debían asentarse como residentes de la nueva jurisdicción ante la autoridad episcopal, pues tal información le permitía a la mitra tener el control sobre ellos. En el libro de gobierno de Rubio y Salinas puede verse cuántos clérigos juraron domicilio en la sede mexicana; un número abundante procedía de las diócesis de Puebla (26) y Michoacán (26), en menor cantidad se consignan eclesiásticos originarios de los obispados de Guadalajara (8) Durango (6) y Oaxaca (3), también se menciona a un clérigo proveniente de España. Estos datos permiten constatar la mudanza a diferentes distancias de miembros del clero, así como el atractivo ejercido por el arzobispado mexicano sobre los eclesiásticos de diferentes latitudes. También se consignan algunos datos de clérigos de la sede metropolitana a quienes se concedió permiso para residir en otro obispado. La lista de diócesis receptoras la encabeza Puebla (12), seguida por Michoacán (7) y Durango (7), el listado continua con Guadalajara (4) y Oaxaca (4). Un número considerable pasa a España (11), a Manila se trasladan unos pocos (3) y uno solo va hacia Perú, Guatemala y Nicaragua. Hay un menor número de eclesiásticos originarios del arzobispado que salen de éste, respecto a quienes ingresan a él, aun así queda claro que en la sede mexicana no todos encontraban oportunidades de acomodo y que había eclesiásticos con motivos para mudarse.

El libro de gobierno de Rubio permite conocer la situación del personal de los curatos de la arquidiócesis mexicana entre 1749 y 1762. Las numerosas colaciones registradas hacen evidente que en esos años se efectuaron múltiples nuevos nombramientos. Muchos cambios se hicieron por los caminos usuales, en primer lugar por la renovación generacional y en menor medida por renuncias y permutas. Puede también observarse que un detonante de las transformaciones ocurridas fue la aplicación del programa de secularización de doctrinas. Ahora veremos lo que dice el libro de gobierno acerca de los cambios realizados en el territorio de los curatos mexicanos en esta etapa.

Ajustes a la estructura parroquial

La creación de la red de curatos del arzobispado de México pasó por varias etapas. (Aguirre, 2017) Al paso del tiempo se fue creando una cantidad creciente de doctrinas, con sus respectivas asistencias de doctrina, también se fue incrementando el número de parroquias y de ayudas de parroquia. Tras los vaivenes demográficos a partir de 1640 la población aumentó y se diversificó en su composición; dotarla de servicios espirituales era un reto para la mitra mexicana, pues, además, el tamaño y los recursos de los curatos era muy dispar. Cabe señalar que hacia mediados del siglo XVIII aún había más doctrinas que parroquias.

Manuel Rubio y Salinas se propuso fortalecer la estructura parroquial en la arquidiócesis mexicana. Como ya se ha señalado antes, hay muchas alusiones en el libro de gobierno de este prelado a procesos vinculados con la transferencia de curatos al clero secular. Por la aplicación de este programa en diversas zonas de la arquidiócesis mexicana se convirtieron en parroquias 71 de las doctrinas que antes atendían los frailes; además, fueron creadas nuevas parroquias por la división de varias doctrinas secularizadas. (Álvarez Icaza, 2020b) Las anotaciones realizadas en el libro de gobierno nos permiten ver que en algunas ocasiones el cambio jurisdiccional y la creación de nuevos curatos se registran juntos. En 1759 se consignó la ocupación de Jilotepec y simultáneamente se dio aviso de que se escindieron de ese curato las nuevas parroquias de San Jerónimo Aculco y San Miguel Acambay. Otras veces por los registros se puede ver que los procesos de secularización y separación ocurrieron en años distintos. En 1758 se consignó el nombramiento del primer párroco de Querétaro, en 1759 se anunció la separación del territorio parroquial para crear una nueva doctrina: San Sebastián; en la arquidiócesis mexicana ésta fue la única ocasión en la cual los regulares conservaron una parte de su anterior curato.

En la prelacía de Rubio fueron creados 14 nuevos curatos en las áreas más céntricas y pobladas del arzobispado de México. Para que un curato se separara debían definirse los pueblos que lo conformarían; al pueblo solicitante se le requería comprobar que contaba con feligresía suficiente para sostener a un ministro y con un templo bien construido, dotado con lo necesario para realizar todos los servicios religiosos. Por la división de una doctrina secularizada se crearon las nuevas parroquias de Acambay, Aculco, Achichipico, Axapusco, Cadereyta, Huasca, Mazatepec, Tecozautla, Tlaola y Xochitepec. Tolimanejo fue separado de Tolimán, sin que su cabecera fuera trasferida al clero secular, y se unió en un mismo curato con Santo Domingo Soriano. Una nueva parroquia fue establecida en Jacala, tras separarla de Meztitlán que siguió siendo una doctrina agustina. En el ámbito de los seculares se dividió el curato de San Juan del Río y se creó la parroquia de Amealco. 13 de los nuevos curatos creados se convirtieron en parroquias, sólo se estableció una nueva doctrina, San Sebastián, en Querétaro. Todo esto estaba en concordancia con el propósito de las autoridades españolas, tanto civiles como eclesiásticas, de multiplicar las parroquias para conformar territorios más manejables fiscal y espiritualmente, habitados por una feligresía mixta. García Ayluardo afirma que esta nueva territorialización favorecía más a los obispos que a los curas (2010, p. 258), aunque sí aumentaban las fuentes de empleo para los eclesiásticos.

Un caso singular que aparece en el libro es el de la doctrina del Rosario, para indios mixtecos y foráneos, establecida en el convento de Santo Domingo de la capital novohispana. Hay una anotación de 1750 respecto a que el provisor de naturales había realizado una representación acerca del número de indios “extravagantes” no empadronados en parroquia alguna. Seguramente esto evidenció varios problemas y le permitió a la mitra tomar decisiones. En 1753 se menciona la “extinción” y “supresión” de la única doctrina dominica en la Ciudad de México. Un año más tarde los feligreses de esta doctrina presentaron una petición para que se reestableciera, pero no lo consiguieron. En adelante los indios que la habían conformado recibirían atención espiritual en el territorio donde habitaban. Este fue el primer paso para reorganizar las parroquias de la Ciudad de México de acuerdo con el lugar de residencia de los feligreses y no por su pertenencia a un determinado grupo sociorracial. (Álvarez Icaza, 2020b) Paradójicamente hay una nota de que fueron los propios los dominicos quienes en 1761 pidieron que se demoliera la pila bautismal del santuario de la Piedad y sus feligreses se agregaran a otra parroquia de las inmediaciones. Al final de esta prelacía la administración espiritual ejercida por los mendicantes en la Ciudad de México quedaba muy acotada, pronto la mitra mexicana buscaría la manera de terminar el proceso para crear un nuevo orden parroquial en la capital novohispana.

En su condición de vicepatronos los virreyes de los dominios españoles en América debían intervenir en muchas decisiones referentes a cuestiones eclesiásticas. En el libro de gobierno de Rubio se ven algunos pormenores de la interacción entre este prelado mexicano y la autoridad virreinal novohispana. Así se muestra, por ejemplo, en la atención de asuntos relacionados con la creación de las nuevas parroquias. Se mencionan cartas de Rubio al virrey en turno expresando la necesidad de dividir algún curato. En otras misivas el prelado informa que llevó a cabo la erección, previamente acordada, de algunas parroquias. Asimismo, ambas autoridades intercambiaron correspondencia sobre otros temas, como la contienda suscitada entre el cura y el alcalde mayor de Pánuco.

Hay notas de que algunos de los nuevos curas de la Ciudad de México le escribieron al prelado con el propósito de pedir su apoyo para que los indios reconocieran la pertenencia a sus parroquias. También hay señalamientos de algunos problemas jurisdiccionales entre los párrocos de la capital novohispana. Asimismo, se anota que el prelado se dirigió a los feligreses de los curatos recientemente erigidos para recordarles el cumplimiento de las obligaciones contraídas.

En el libro hay registro de que a Rubio le fue enviada información referente a las distancias existentes entre los pueblos y haciendas de algunos curatos que posteriormente fueron divididos. En 1756 fue secularizada Cuernavaca, se consigna que ese año el prelado recibió dos documentos “Razón individual de todo el partido del curato de Cuernavaca y distancias de los pueblos y haciendas de su administración” y “Razón que da del estado del curato de Cuernavaca su cura”. En 1760 por la división de Cuernavaca fueron establecidos nuevos curatos independientes en Xochitepec y Mazatepec. Un año después se consigna que debía regularse lo que recibiría cada uno de estos curatos de la pensión anual concedida originalmente por el marqués del Valle a Cuernavaca.

Se registra alguna solicitud de división de curatos que quedó pendiente, como ocurrió en Zinacantepec, donde se planteó la creación de una nueva parroquia en Amanalco pero no se llevó a cabo. Varias divisiones no se concretaron; así pasó, por ejemplo, en Actopan, hay una nota en la cual se señaló la posibilidad de la separación, pero más adelante no se volvió a mencionar. Se anotan peticiones respecto a la división de las parroquias de Chiapa de Mota y de Lerma. El cura de Alahuistlan envió una representación para separar cuatro pueblos de su parroquia, no hay anotaciones posteriores del asunto. En otros casos se especificó que el prelado no había estado de acuerdo con una solicitud presentada: los indios de Temascaltepec propusieron la división de tres pueblos, pero se registró la opinión negativa de Rubio a la petición. Esta información me parece muy sugerente porque permite identificar a diversos actores que buscaban tener incidencia en la conformación de la red de curatos de la arquidiócesis mexicana, también se muestra que había intereses encontrados por lo cual no todas las transformaciones propuestas prosperaron.

En el libro también hay menciones de modificaciones en la conformación de los curatos. Los pueblos de San Mateo y San Pablo pasaron de Tlalmanalco a Ayotzingo. Algunos pueblos y rancherías de la doctrina de Jilotepec fueron agregados al curato de Chapantongo. Se consigna que en 1759 los naturales del pueblo de San Ildefonso, perteneciente a Amealco, pidieron ser agregados a la nueva parroquia establecida en Aculco. La misión de Ahuacatlán, fundada por los dominicos, fue integrada a la parroquia de Escanela. Ésta es otra muestra del interés de Rubio por limitar la presencia de las provincias de los regulares en el arzobispado, el prelado mostró una actitud poco favorable a las misiones antiguas de los frailes mientras veía con simpatía las fundaciones misionales de los miembros del Colegio de Propaganda Fide de San Fernando de México. (Álvarez Icaza, 2020a). En cambio, se consigna la realización de autos para que los misioneros de Jiliapan, pertenecientes al colegio misionero de San Francisco de Pachuca, no turbaran la jurisdicción del cura de Jacala, con lo cual puede verse la intención del prelado de fortalecer a la nueva parroquia.

Este prelado se había mostrado preocupado por la gran dispersión prevaleciente en algunos lugares de la arquidiócesis mexicana, pues los feligreses estaban a distancias muy grandes de una iglesia. No siempre había condiciones para crear un nuevo curato, cuando eso ocurría más bien se buscó crear una categoría intermedia, las ayudas de parroquia. En el libro de gobierno se hicieron algunas anotaciones respecto a su creación. Se menciona una carta de Rubio a los vecinos de El Capulín y haciendas inmediatas del partido de Xichú para que hicieran la ayuda de parroquia que necesitaban, también se alude a la creación de la ayuda de parroquia de Buenavista, en Querétaro. Asimismo, tanto los indios de Tlalnepantla como los de varios pueblos de Cuernavaca le pidieron Rubio el nombramiento de un ministro de pie fijo.

El prelado diocesano debía autorizar y supervisar todos los espacios donde se llevaban a cabo las actividades sagradas. Las iglesias de los curatos no suelen mencionarse en el libro de gobierno dado que su cuidadosa inspección se realizaba durante las visitas pastorales. Un cura estaba obligado a que el templo a su cargo estuviera en buenas condiciones, así como bien dotado de ornamentos y alhajas. En el libro de gobierno se citan autos contra el cura de Lerma por el mal estado de su parroquia, lo cual impedía realizar las funciones rituales con la dignidad necesaria. Un dato interesante que se consigna es el uso de la capilla de la cofradía de Ánimas, en la catedral, como sede del Sagrario metropolitano mientras se concluía la construcción ya emprendida para esos fines. También se registra la concesión de licencias a algunas capillas, como la del pueblo de San Sebastián del partido de Huichapan, igualmente se otorgó a las capillas de varias haciendas, por ejemplo, a la de Francisco Jiménez Caro, ubicada en Cuautitlán.

Hay notas de que el prelado solicitó a los curas mandar mapas de los ranchos y haciendas en el territorio a su cargo. Debió tener la intención de actualizar la información referente a la conformación de los curatos, tomando en consideración la relevancia que habían ido adquiriendo estas unidades productivas y habitacionales en el arzobispado mexicano; muchas de ellas contaban con una población numerosa tanto de indios como de otros grupos sociorraciales y la mitra debió tomar medidas para proporcionar atención espiritual a sus habitantes.

Durante la prelacía de Rubio y Salinas hubo cambios significativos en varios niveles de la estructura parroquial de la arquidiócesis mexicana, destaca el aumento del número de parroquias y la disminución del espacio ocupado por los regulares, también hubo transformaciones al interior de los curatos. El libro de gobierno ayuda tener una visión de conjunto de la situación prevaleciente en este ámbito y a enterarse de las pecularidades de esos procesos. Asimismo, en este periodo hubo cambios en las relaciones de quienes interactuaban en cada unidad parroquial, esto motivó diversas tensiones, como se explicará a continuación.

Conflictos en los curatos

William Taylor señala que los curas ejercían un poder social y espiritual formalizado. Existía una fuerza de atracción entre ellos y los feligreses por la atención y la protección que podían ofrecerles, pero también había razones para el distanciamiento por las exigencias de obediencia y dinero establecidas por los ministros. Aunque las tensiones al interior de los curatos siempre existieron, hubo coyunturas en las que aumentaron los motivos de los enfrentamientos. Dado que los borbones buscaron imponer reglas fijas y el cumplimiento de la ley, conforme fue avanzando el siglo XVIII las relaciones entre sacerdotes y feligreses se hicieron más complejas. Este autor plantea que en las décadas de 1750 y 1760 predominaron dos tipos de conflictos en los curatos. Un conjunto se define por la existencia de roces entre las cabeceras y los sujetos, a mi juicio ello podría explicarse por todos los ajustes a la red parroquial realizados durante esta época que fueron expuestos en el apartado previo. El otro grupo tiene como elemento común las disputas relacionadas con el pago de aranceles. (Taylor, 1999). Podremos ver que en el libro de gobierno de Rubio se consignan enfrentamientos por éstos y otros motivos.

Las anotaciones referentes a problemas suscitados por el pago por los servicios espirituales efectivamente son abundantes. Los vecinos de Mazatepec hicieron una denuncia contra los franciscanos por excesos en el cobro de derechos. Los naturales de Tlalmanalco también se quejaron por obvenciones contra su doctrinero franciscano. Es interesante destacar que, sobre el tema, se cita un informe del juez eclesiástico de este curato. Cabe señalar que en las doctrinas este papel lo cumplía un clérigo secular de alguna parroquia cercana cuya responsabilidad era garantizar la obediencia a la mitra. (Aguirre, 2008) Este tipo de acusaciones pudo servir como un argumento para justificar las trasferencias de doctrinas al clero secular.

Sin embargo, los problemas por pagos también se presentaron en las nuevas parroquias erigidas por Rubio. El cura de Jacala, un año después de la erección de la parroquia, hizo saber al prelado de la renuencia de los feligreses a pagar derechos. Se hicieron autos sobre excesos en el cobro de los derechos en Tlanepantla en 1755, a un año de su secularización. En 1758 los naturales de San Miguel Chapultepec, perteneciente a la nueva parroquia erigida en 1756 en Calimaya, denunciaron a su cura por abusos en el cobro de los derechos parroquiales; no obstante, se señala que el arzobispo había mandado hacer averiguaciones por las cuales constaba lo contrario, quizá el prelado estaba interesado en mostrar las mejoras logradas bajo la administración diocesana.

Cuando las doctrinas pasaron a ser parroquias la mitra mexicana aprovechó la ocasión para promover que el pago de obvenciones no se hiciera según la costumbre, como era común en las doctrinas, sino de acuerdo con las tarifas establecidas en un arancel. Este mecanismo de pago parecía ofrecer posibilidades de establecer reglas fijas que evitaran problemas; no obstante, Rubio se dio cuenta de que en la arquidiócesis el panorama era bastante complicado. Existían precedentes del establecimiento de un arancel desde 1638, a pesar de ello prevalecía una situación de gran indefinición y confusión que generaba continuos roces. Este prelado intentó contribuir a aclarar el asunto por medio de la emisión de un nuevo arancel en 1757, el cual retomaba aspectos de los que habían sido emitidos previamente y realizaba algunas aclaraciones. Sin embargo, la medida tuvo un efecto bastante limitado.

Asimismo, se consignan los autos por derechos parroquiales seguidos entre los indios y el cura de la nueva parroquia de Amealco, separada de la de San Juan del Río. También hubo reclamaciones dirigidas a los párrocos de lugares donde no hubo cambio de ministros, por ejemplo, se siguieron autos contra el cura de Chiapa de Mota sobre derechos parroquiales a pedimento de sus feligreses. Alguna nota da cuenta del acuerdo que se había logrado entre las partes, se cita el compromiso de los indios de Malacatepec con su cura referente a los derechos parroquiales. Los registros dan cuenta de que hubo conflictos relacionados con el pago otorgado a los ministros por sus servicios espirituales en lugares muy diversos de la arquidiócesis mexicana, hubo razones para que se presentaran con cierta frecuencia en este periodo porque se llevaron a cabo numerosos cambios administrativos y los curas recientemente nombrados debieron negociar ese asunto con sus feligreses.

Varias anotaciones muestran que se siguieron procedimientos contra los curas por causas diversas. Una queja que aparece repetida en varias ocasiones es que el cura daba malos tratamientos a sus feligreses. Eso lo manifestaron los naturales de Tequisquiapan en 1752, los habitantes de Mixcoac en 1755, así como el gobernador y los naturales del pueblo de Coatepec en 1758. Se consigna que Rubio le mandó una carta al provincial agustino para pedirle evitar los perjuicios infringidos por el cura de Atotonilco a sus feligreses. Puede verse que el prelado diocesano reconocía las jerarquías imperantes en las órdenes religiosas, si bien las utilizó como medio para ejercer su autoridad. No hay pormenores de las denuncias, pero puede inferirse que los ministros habían sobrepasado el límite de lo que los habitantes de los curatos estaban dispuestos a tolerar en relación con las medidas correctivas aplicadas por los eclesiásticos. El castigo era considerado como cruel sobre todo si era injusto o desproporcionado a la falta (Taylor, 1999, p. 324). Quizá se aplicaron penas corporales, lo cual era considerado aceptable en algunos manuales en uso en esa época, como el Itinerario para párrocos de Montenegro, sin embargo, los fieles no parecían compartir esa opinión.

Un motivo para realizar una acusación era que los feligreses consideraran que el cura no cumplía a cabalidad con sus deberes. Se asienta que los naturales de Cacalotenango pusieron una denuncia contra su cura por ignorar la lengua indígena hablada por ellos, pues debieron considerar que este factor realmente limitaba la capacidad de recibir la debida atención de sus necesidades espirituales. El tema de la lengua en la que debía realizarse la predicación y la administración de sacramentos a la feligresía indígena fue ampliamente discutido en esta época. Rubio impulsó fuertemente la enseñanza del castellano por medio del establecimiento de escuelas para los niños indios en los pueblos, si bien simultáneamente debió reconocer la vigencia de las lenguas indígenas. (Álvarez Icaza, 2017) Por lo que puede verse los fieles aún demandaban que sus curas tuvieran la capacidad de entenderse con ellos en sus propios términos y consideraban viable reclamar si no era así.

En ocasiones se suman varios motivos de queja. Se citan los autos contra un presbítero por la falta de asistencia y por embriaguez. Hay denuncias contra un cura por no atender sus obligaciones y por dedicarse a juegos de albures. Ambos casos coinciden en que el eclesiástico no cumplía debidamente con sus tareas y eso se explica por la otra falta enunciada. Se enlistan varias denuncias por incontinencia tanto a curas como a coadjutores y vicarios. En el caso del coadjutor de Tasquillo se ve que el asunto había escalado y era preciso tomar medidas, se señala que se le siguieron autos por haber causado escándalo al tener en su compañía a una mujer cuyo nombre se cita. Todas estas conductas se consideraban censurables para cualquier individuo, sin embargo, adquirían mayor gravedad por el carácter de ejemplaridad exigido a los eclesiásticos.

Se mencionaron casos de curas que habían sido capitulados6 por sus feligreses, como sucedió en Temoaya y en Lerma. En estos casos la mitra debió considerar que la queja interpuesta estaba bien fundada y se siguió un procedimiento formal contra el eclesiástico en cuestión. No en todas las ocasiones el resultado era desfavorable al acusado; se señala que se emitió una sentencia en favor del cura de Ixtlahuaca del capítulo puesto por sus feligreses; en el caso del cura de Misquiahuala se consigna que los capítulos en su contra habían sido puestos por el alcalde mayor de Tetepango y se concluye que el inculpado había demostrado su inocencia a satisfacción del prelado.

En las acusaciones contra los curas a veces sólo se anota que había una denuncia, sin especificar quién la hacía. En otras sí se cita a una variedad de denunciantes: podían ser el conjunto de los naturales, como ocurrió en Amealco; el gobernador, como pasó en Tescaliacac; el gobernador y los oficiales de república, como sucedió en Ixtapan; o un indio en particular, como fue el caso en Jiquipilco. Esta información es interesante porque permite saber quiénes eran los encargados de la defensa de los intereses de la feligresía ante sus ministros en los pueblos de indios; se constata la fuerza de la colectividad y de las figuras que la representaban, así como la posibilidad de acciones individuales.

También se hicieron imputaciones en sentido inverso, pues a veces era el cura quien se quejaba de sus fieles ante el arzobispo. Se consignan los autos hechos por el cura de Cuernavaca por las conmociones y las faltas de respeto de los indios a su cargo, cabe señalar que fueron realizados el mismo año de la secularización del curato. Los religiosos también hicieron denuncias ante el prelado diocesano; el doctrinero franciscano de Toluca mandó una representación al prelado para comunicarle las “cabilocidades” de sus feligreses indios. Igualmente, se hace visible la intervención de otros actores. El cura de Alahuistlán le hizo saber al arzobispo que un abogado de la Real Audiencia estimulaba a los indios de ese partido a que no lo obedecieran.

En ocasiones puede verse que el problema entre los vecinos y el ministro se había dirimido. Se cita, por ejemplo, el compromiso de los indios de pueblos de Temascaltepec con su cura sobre puntos de su administración. No obstante, también hay casos de continuidad de conflictos. El cura de Jacala, quien ya se había quejado en 1751 de la renuencia de los habitantes de esta nueva parroquia a pagar los derechos parroquiales, le envió una representación al prelado en 1756 para denunciar los excesos de sus feligreses. Pueden verse tensiones entre los ministros y los fieles en las parroquias recientemente erigidas. En 1755 los indios de Santo Domingo Soriano, del curato de Tolimanejo, se quejaron contra su cura. Un año más tarde el cura realizó una representación ante la mitra por los excesos de sus feligreses. En 1758 se consignan autos contra este cura, de los cuales fue absuelto. Hay una anotación de 1756 en la cual se menciona un tumulto en Tlayacapan. Un caso en el que los registros realizados en el libro de gobierno hacen posible observar cómo un conflicto fue escalando se presentó en Actopan. En 1752 se registra que se le dio colación como cura de este pueblo a Bernardino Álvarez Rebolledo. En 1755 se mencionan autos en contra de un indio cacique. Ese mismo año se menciona que el cura debió hacer aclaraciones con el juez eclesiástico anterior. En 1757 se alude a una denuncia de este ministro contra el de Misquiahuala. En 1762 ya se habla de disturbios contra el cura de Actopan. El problema debió ser serio pues Rubio le envió una serie de cuadernos sobre el asunto al virrey Cruillas y se anota que el gobernante dio aviso de haberlos recibido. Lo cierto es que la situación en este pueblo fue bastante tensa, Álvarez tuvo fuertes choques con la feligresía, con otros eclesiásticos y con las autoridades civiles. (Perujo, 2018). También se presentaron denuncias entre los eclesiásticos. Se cita una carta del cura de Singuilucan sobre la mala administración de los curatos de Zempoala y Tulancingo.

El libro permite ver que la mitra procuraba dar continuidad a las medidas correctivas emitidas. En 1752 se consignan autos contra el cura de Metepec, un doctrinero franciscano, por haber contravenido las instrucciones emitidas por Rubio durante la visita pastoral realizada un año antes a este pueblo. En los autos de visita se había señalado que el fraile había incurrido en faltas, se mencionaba “cierta ilícita correspondencia” y “comercios impropios”. El prelado había dictado providencias para corregir la situación, éstas no habían sido obedecidas por el cura y de alguna manera su falta de enmienda había llegado a oídos del prelado. Tenemos otro ejemplo a partir de la representación enviada a Rubio por el cura de Tescaliac para hacerle saber que sus feligreses no querían obedecer las instrucciones establecidas por el arzobispo en el auto de su visita.

El libro contiene información interesante sobre los procedimientos empleados por la mitra para dirimir los conflictos. Se cita un expediente sobre el capítulo formado por los naturales de Malacatepec en 1755 contra su cura, se señala que Rubio había mandado que se reservara porque las partes habían llegado a un acuerdo en un juicio verbal. Esto me parece interesante pues a pesar de que la queja se había formalizado se muestra que aún había margen para la conciliación. También se consignan datos sobre diversos casos manejados con especial cautela. La información sobre el vicario de Tetela era calificada como secreta, se anota lo mismo respecto de los autos sobre los excesos del cura de Tetepango. Se señala la existencia de un informe secreto de varios asuntos de la administración del curato de Cuernavaca en 1756, año en el que se realizó su transferencia al clero secular. Se señala que las diligencias contra un vicario de Xichú de indios, por incontinencia y por fabricar chinguirito,7 se habían mandado reservar por el prelado, lo mismo sucedió con el informe de vida y costumbres del juez eclesiástico de Chalco. Puede inferirse que la información sobre los eclesiásticos era bastante comprometedora y que la mitra optó por usar vías más discretas para atender estos casos con la finalidad de proteger el prestigio del personal a cargo de los curatos.

Es interesante conocer la variedad de asuntos que motivaron la intermediación de la mitra entre los actores que formaban parte de los curatos. Cada una de las partes tenía sus propios objetivos, era esperable que en muchas ocasiones llegaran a puntos de conciliación a nivel local, cuando no fue así ello se hace visible en las instancias del poder episcopal.

Reflexiones finales

Me parece que a partir del estudio del libro de gobierno de Manuel Rubio y Salinas puede demostrarse el valor de esta fuente para conocer las acciones de la mitra en relación con los curatos mexicanos. A pesar de la brevedad de las menciones se encuentra información muy sugerente. Su análisis permite tener una visión panorámica de un obispado hispanoamericano, la arquidiócesis mexicana, para conocer su dinámica en una etapa particular de su desarrollo en el cual se hicieron ajustes importantes en el ámbito de los curatos. La dimensión parroquial adquiere visibilidad y relevancia, se genera la oportunidad de ver los cambios durante una gestión episcopal y de relacionarlos con el proyecto de gobierno de un prelado en concreto. Se puede constatar la interacción del prelado mexicano con otros actores, destaca la que tuvo con los virreyes para temas diversos, mientras la relación con la corte solo se mencionó en ocasiones específicas. Aparecen datos útiles para conocer la forma de operar del gobierno episcopal, por ejemplo, se mencionan peticiones de informes a agentes que la mitra consideraba confiables, así como asuntos que se consideraban dignos de vías reservadas y secretas. Hay varias alusiones a las visitas pastorales, la consulta de los libros de visita es un complemento muy aconsejable para profundizar en algunas de las temáticas mencionadas. En los documentos elaborados por la mitra se dan pistas que deben ser contrastadas con otro tipo de fuentes que permitan ver con mayor detalle el desarrollo de las diferentes parroquias en toda su complejidad.

Los obispos decidían quiénes estaban a cargo de los curatos en su jurisdicción. Lo usual era que los cambios se debieran al uso de los mecanismos ya establecidos, al ocurrir la muerte, la renuncia, la remoción o la promoción del cura titular, éstos ciertamente aparecieron en el libro de gobierno en distintas proporciones. Además, durante la prelacía de Rubio se abrió espacio a nuevas posibilidades, la frecuencia en el uso de términos como expulsión y ocupación, así como la aparición ocasional de las palabras despojo y extinción permiten vislumbrar el ritmo de aplicación del programa de secularización de doctrinas. En la fuente analizada se enlistan todos los pasos que debían darse desde la vacancia hasta llegar a la ocupación formal de un curato. Asimismo, pudo verse la movilidad de los eclesiásticos que formaban parte del arzobispado de México a partir de las permutas, los permisos de residencia de los eclesiásticos procedentes de otras diócesis y la mudanza de los eclesiásticos mexicanos a otros lugares. Por la cantidad de menciones los curas titulares ocupan un lugar privilegiado en el libro de gobierno de Rubio, aunque aparecen también unos pocos interinos y coadjutores, varios jueces y un número significativo de vicarios.

En relación con los ajustes realizados en los curatos durante la etapa examinada, el libro de gobierno permite ver que se trató de un momento relevante para el fortalecimiento de la red parroquial. Hubo cambios en todas las regiones de la arquidiócesis mexicana: se convirtieron en parroquias un número abundante de doctrinas secularizadas, igualmente fueron creadas una cantidad importante de nuevas parroquias a partir de la división de curatos extensos y con solvencia, si bien pudieron verse propuestas de escisiones que no fueron aceptadas o se postergaron. Asimismo, aparecen ocasionalmente en el libro las ayudas de parroquia y se vislumbra la importancia creciente de las haciendas. Debe subrayarse que en esta época no hubo una reorganización general de la estructura parroquial y que continuaron existiendo problemáticas retomadas posteriormente por los siguientes prelados de la sede mexicana.

El libro de gobierno de Rubio permite conocer pormenores interesantes de la intervención del arzobispo en los conflictos de los ministros con los feligreses. Se ve a un prelado en plena acción, recibiendo denuncias, haciendo averiguaciones, emitiendo opiniones y medidas correctivas. Había distintos motivos para que una de las partes presentara una queja. Varias disputas estuvieron relacionadas con el cobro de derechos, pueden verse diferentes situaciones en las cuales los feligreses se mostraron renuentes a pagarle a sus ministros, también a curas descontentos por no recibir la retribución por sus servicios. Por parte de los fieles hubo otros motivos de denuncias hacia los curas, se enuncian causas variadas como los malos tratos, el incumplimiento de las obligaciones y conductas indebidas. Algunas veces los ministros lograron salir airosos de las acusaciones e incluso se convirtieron en denunciantes y pidieron el apoyo de la mitra para hacerse obedecer. Es interesante constatar que algunas veces las partes involucradas mostraron disposición y llegaron a un arreglo, pero en otras ocasiones, pese a la intervención de la autoridad episcopal, los problemas se presentaron repetidamente y se complicaron.

Fuentes documentales

Archivo General de la Nación México (AGNM)

Reales Cédulas

Reales Cédulas Originales

Archivo Histórico del Arzobispado de México (AHAM)

Base colonial

Referencias bibliográficas

Aguirre Salvador, R. (2006a). El establecimiento de jueces eclesiásticos en las doctrinas de indios. El arzobispado de México en la primera mitad del siglo XVIII, Historia crítica, 36, 14-35. http://doi.org/10.7440/histcrit36.2008.02

Aguirre Salvador, R. (2006b). La demanda de clérigos ʻlenguasʼ en el arzobispado de México, 1700-1750. Estudios de Historia Novohispana, 35, 47-70. http://doi.org/10.22201/iih.24486922e.2006.035.3650

Aguirre Salvador R. (2009). El clero secular del arzobispado de México: oficios y ocupaciones en la primera mitad del siglo xviii, Letras históricas, 1, 67-93. http://www.letrashistoricas.cucsh.udg.mx/index.php/LH/article/view/1737

Aguirre Salvador, R. (Coord.), (2017). Conformación y Cambio Parroquial en México y Yucatán (siglos XVI-XIX). México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación.

Álvarez Icaza Longoria, M. T. (2015). La secularización de doctrinas y misiones en el arzobispado de México, 1749-1789. México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas. Recuperado de https://historicas.unam.mx/publicaciones/publicadigital/libros/secularizacion/arzobispado.html

Álvarez Icaza Longoria, M. T. (2017). Las lenguas de la fe. Una etapa de quiebre tras un largo debate (1749-1765). En M.P. Martínez López-Cano y F. J. Cervantes Bello (Coord.), Expresiones y estrategias. La Iglesia en el orden social novohispano (pp. 295-334). México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas/Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades. Recuperado de https://historicas.unam.mx/publicaciones/publicadigital/libros/expresiones/laiglesia.html

Álvarez Icaza Longoria, M. T. (2020a). Alcances y limitaciones del reformismo en las zonas franciscanas de misión del arzobispado de México (1749-1765). Relaciones. Estudios de Historia y sociedad, 41(164), 136-167. http://dx.doi.org/10.24901/rehs.v41i164.780

Álvarez Icaza Longoria, M. T. (2020b). La geografía eclesiástica del arzobispado de México, 1749-1765. En M del P. Martínez López-Cano y F. J. Cervantes Bello (Coords.), La Iglesia y sus territorios, siglos XVI al XVIII (pp. 279-314). México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas/Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades “Alfonso Vélez Pliego”. Recuperado de https://historicas.unam.mx/publicaciones/publicadigital/libros/713/iglesia_territorios.html

Álvarez Icaza Longoria, M. T. (2020c). Los curas en el arzobispado de México (1749-1765). En F. Castro Gutiérrez y I. M. Povea Moreno, Los oficios en las sociedades indianas. México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas. Recuperado de https://historicas.unam.mx/publicaciones/publicadigital/libros/714/oficios_sociedades.html

Barrio Gozalo, M. (2004). El Real Patronato y los obispos españoles del Antiguo Régimen, 1556-1834. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Bravo Rubio, B. (2006). La gestion episcopal de Manuel Posada y Garduño: cambios y permanencias en el Gobierno del Clero Secular del Arzobispado de Mexico (1840-1846) (Tesis para obtener el grado de maestro en Historia). Universidad Nacional Autónoma de México, México. Recuperado de https://repositorio.unam.mx/contenidos/la-gestion-episcopal-de-manuel-posada-y-garduno-cambios-y-permanencias-en-el-gobierno-del-clero-secular-del-arzobispad-3495967?c=pkqag7&d=false&q=humanidades&i=24&v=1&t=search_0&as=0

Bravo Rubio, B. y Pérez Iturbe M. A. (2001). Una Iglesia en busca de su independencia: el clero secular del arzobispado de México 1803-1822 (Tesis colectiva para obtener el título de licenciado en Historia). Universidad Nacional Autónoma de México, Escuela Nacional de Estudios Profesionales Acatlán, México. Recuperado de https://tesiunam.dgb.unam.mx/F/ST1DLAK8PS3KJCI2LRV1XCTYDNNT9VACGNDHQ1AUL8VAB334LQ-10698?func=full-set-set&set_number=295479&set_entry=000002&format=999

García Ayluardo, C. (2010). Re-formar la Iglesia novohispana. En C. García Ayluardo (Coord.), Las reformas borbónicas, 1750-1808 (pp. 225-287). México: Fondo de Cultura Económica.

Hernández, F. M. (1992). El episcopado. En P. Borges (Coord.), Historia de la Iglesia en Hispanoamérica y Filipinas (Siglos XV-XIX) Aspectos generales (vol. I, pp. 155-174). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.

Lozano Armendares, T. (2005). El chinguirito vindicado El contrabando de aguardiente de caña y la política colonial. (2da ed.). México: Universidad Nacional Autónoma de México Instituto de Investigaciones Históricas. Recuperado de https://historicas.unam.mx/publicaciones/publicadigital/libros/305/chinguirito_vindicado.html

Luna Fierros, A. K. (2016) ¿Indios idólatras o cristianos supersticiosos? Un análisis acerca de la religiosidad en Yautepec, siglo XVIII. En G. Lara Cisneros (Coord.), La idolatría de los indios y la extirpación de los españoles. Religiones nativas y régimen colonial en Hispanoamérica (pp. 169-208). México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas/Colofón. Recuperado de https://historicas.unam.mx/publicaciones/publicadigital/libros/idolatria/religiones.html

Martínez López-Cano, M. del P. (Coord.) (2004). Concilios provinciales mexicanos. Época colonial. [Edición original en disco compacto] México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas. Versión PDF publicada en línea: 30 de junio 2014. Recuperado de http://www.historicas.unam.mx/publicaciones/publicadigital/libros/concilios/concilios_index.html

Mazín, Ó. (2020) De mojoneras, espacios y territorios. Reflexiones obre las diócesis en las Indias Occidentales de España. En M. del P. Martínez López-Cano y F. J. Cervante, La Iglesia y sus territorios. Siglos XVI-XVIII (pp. 183-207). México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas/Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades “Alfonso Vélez Pliego”. Recuperado de https://historicas.unam.mx/publicaciones/publicadigital/libros/713/iglesia_territorios.html

Murillo Velarde, P. (2005). Curso de derecho canónico hispano e indiano. A. Carrillo Cázares (trad.). Michoacán: El Colegio de Michoacán/Universidad Nacional Autónoma de México, Facultad de Derecho.

Peña Montenegro, A. de la (1771). Itinerario para párrocos de indios en que se tratan las materias más particulares tocantes a ellos. Madrid: Oficina de Pedro Marín.

Pérez Puente, L. (2005). Tiempos de crisis, tiempos de consolidación. La catedral metropolitana de la ciudad de México, 1653-1680. México: Centro de Estudios sobre la Universidad/El Colegio de Michoacán/Plaza y Valdés.

Perujo de la Cruz, R. (2018). Conflicto, rebelión y autoridad indígena en los pueblos de indios de Actopan, 1710-1770 (Tesis para optar por el grado de maestro en Historia). Universidad Nacional Autónoma de México. Recuperado de https://tesiunam.dgb.unam.mx/F/XSXM83FEMMS55ALNDGFC2MXT7BGU99FU6E8MKEPK2VN1XTE3TU-20859?func=full-set-set&set_number=295735&set_entry=000001&format=999

Rubial García, A. (2020). El cristianismo en Nueva España: catequesis, fiestas, milagros y represión. México: Fondo de Cultura Económica/Universidad Nacional Autónoma de México, Facultad de Filosofía y Letras.

Taylor, W. (1999). Ministros de lo sagrado. Sacerdotes y feligreses en el México del siglo XVIII (vol. 2). Zamora: El Colegio de Michoacán/Secretaría de Gobernación/El Colegio de México.

Zaballa Beascoechea, A. de. (2019). Presentación. Las visitas pastorales en la América hispánica. Anuario de Historia de la Iglesia, 28, 15-21. https://revistas.unav.edu/index.php/anuario-de-historia-iglesia/article/view/37603/31967

Notas

1 Una explicación sucinta sobre la creación de los diferentes obispados americanos puede verse en el texto de Hernández incluido en la lista de referencias.
2 En el texto citado Ôscar Mazín realiza una interesante comparación entre la conformación de las diócesis septentrionales y meridionales en los dominios americanos de España.
3 Así se consigna en el catálogo de la Base colonial del Archivo Histórico del Arzobispado de México (AHAM).
4 Para un estado de la cuestión reciente sobre este tema véase Zaballa, 2019.
5 El libro de gobierno de Manuel José Rubio y Salinas puede consultarse en el AHAM, Base colonial, caja 3, libro 2.
6 En esta época una de las definiciones de “capítulo” era “cargo que se hace a alguna persona sobre el cumplimiento de su obligación, o empleo”. Real Academia Española, Diccionario de Autoridades, Real Academia Española, 1729 (disponible en línea, http://web.frl.es/DA.html (Consultado el 20 de abril de 2019).
7 Se daba este nombre al aguardiente de caña. Para conocer la posición de la Iglesia novohispana respecto al consumo de este producto, véase Lozano, 2005, p. 199-228.

Recepción: 29 Julio 2022

Aprobación: 18 Noviembre 2022

Publicación: 02 Enero 2023

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