Trabajos y Comunicaciones, 2da. Época, Nº63, e243, enero-junio 2026. ISSN 2346-8971Dosier
Origen y circulación de saberes archivísticos. La etapa prearchivística de las congregaciones femeninas fundadas en Córdoba a fines del siglo XIX
Resumen: A fines del siglo XIX, los gobiernos liberales levantaron como bandera la laicidad del Estado y esto generó un paquete de medidas llamadas “leyes laicas”. La inmigración, cada vez más creciente y diversa, necesitaba de una reforma del Estado, pues ya no se podía pensar en proteger y amparar a la Iglesia Católica como “credo de estado”. El desplazamiento más fuerte se hizo sentir con la sanción de la ley 1420 en 1884, que establecía la educación común, gratuita, obligatoria y gradual. Esta realidad política y las luchas entre católicos y liberales se hacía sentir en Córdoba desde la década de los ’70 del siglo XIX y fue un contexto que propició la fundación de seis congregaciones femeninas propias, que se ubicaron de forma geográfica estratégica en la ciudad de Córdoba y los pueblos aledaños y desde ahí empezaron un proceso de expansión en el tiempo a otras provincias e incluso países limítrofes. Su finalidad fue igualmente clave: educar a la mujer como futura sostenedora del hogar que, a su vez, sería la primera educadora de los hijos. El objetivo que perseguimos aquí es estudiarlas desde la perspectiva archivística; es decir, cómo organizaron tempranamente sus archivos a medida que crecían en número y en complejidad administrativa, justamente en una etapa prearchivística para Córdoba y el país: todavía no había estudios institucionalizados y mucho menos profesionales. Justamente, su característica principal de ser autóctonas motiva estudiar diversas aristas: lineamientos y conocimientos definidos por la propia política archivística del Vaticano en el proceso de romanización de la Iglesia argentina, conocimientos archivísticos que, traídos de Europa —España e Italia principalmente—, enseñaron las cuatro ramas masculinas que originaron estas congregaciones femeninas; principios archivísticos de otras congregaciones europeas que se estaban estableciendo en Córdoba con las que tomaron contacto o constituciones de otras congregaciones femeninas —italianas sobre todo— cuyas fundadoras y fundadores mandaron observar.
Palabras clave: Archivística histórica, Archivos eclesiásticos, Congregaciones religiosas femeninas, Tratamiento archivístico.
Origin and Circulation of Archiving Knowledge: The Pre-Archivistic Period of the Female Congregations Founded in Cordoba at the End of the 19th Century
Abstract: At the end of the 19th century, the liberal governments raised the flag of state secularism and this generated a series of measures called “Leyes Laicas” (Secular Acts). Immigration, an ever increasing and diverse issue, needed a state reform because the State could no longer protect the Catholic Church as “State Faith”. The strongest displacement was felt with Act 1420 in 1884, that established education as free, compulsory and gradual. This political reality and the fights between Catholics and Liberals were evident in Cordoba since the 70s from the 19th century and this was the context that promoted the foundation of six female catholic congregations. They were located in a strategic geographical situation in the city of Cordoba and the surrounding towns and from this point they started a process of expansion to other provinces and even neighbouring countries. The purpose was key: to educate women as homemakers who, in turn, will be the first to educate their children. The aim of this paper is to study them from the archiving perspective; that is to say, the way they organised their records as they were growing in number and in administrative complexity in this pre-archivistic period in Cordoba and in the rest of the country. At this moment, there were no institutionalised training centres, let alone professionals. As they were autonomous, we are prone to study diverse aspects: guidance and knowledge defined by the archiving policy of the Vatican in the process of Romanization of the Argentinian Church; archiving knowledge that was brought from Europe—Spain and Italy mainly-, that was taught by the male branches that originated these female congregations; and archiving principles from other European congregations that were establishing themselves in Cordoba or other female congregations —especially Italian ones— whose founders sent people to observe.
Keywords: Historical Archivistics, Ecclesiastical archives, Female religious congregations, Archiving processing.
Origem e circulação do conhecimento arquivístico: A fase pré-arquivística das congregações femininas fundadas em Córdoba no final do século XIX
Resumo: No final do século XIX, os governos liberais adotaram a laicidade do Estado como bandeira, o que gerou um conjunto de medidas conhecidas como “leis laicas”. A imigração, cada vez mais crescente e diversa, exigia uma reforma estatal, pois já não era possível pensar em proteger e amparar a Igreja Católica como “credo de Estado”. O deslocamento mais significativo fez-se sentir com a promulgação da Lei 1420, em 1884, que estabelecia a educação comum, gratuita, obrigatória e gradual. Essa realidade política e os conflitos entre católicos e liberais manifestavam-se em Córdoba desde a década de 1870, constituindo um contexto que favoreceu a fundação de seis congregações femininas autóctones. Elas se instalaram estrategicamente na cidade de Córdoba e nos povoados vizinhos e, a partir daí, iniciaram um processo de expansão para outras províncias e inclusive para países limítrofes. Sua finalidade também era crucial: educar a mulher como futura sustentadora do lar, que, por sua vez, seria a primeira educadora dos filhos. O objetivo que perseguimos aqui é estudá-las sob uma perspectiva arquivística; isto é, analisar como organizaram precocemente seus arquivos à medida que cresciam em número e em complexidade administrativa, justamente em uma etapa pré-arquivística para Córdoba e para o país, quando ainda não existiam estudos institucionalizados, muito menos formação profissional. A sua característica principal de serem autóctones motiva o estudo de diversas vertentes: as diretrizes e os conhecimentos definidos pela própria política arquivística do Vaticano no processo de romanização da Igreja argentina; os saberes arquivísticos trazidos da Europa —especialmente da Espanha e da Itália— e ensinados pelos quatro ramos masculinos que deram origem a essas congregações femininas; os princípios arquivísticos de outras congregações europeias que estavam se estabelecendo em Córdoba e com as quais mantiveram contato; ou ainda as constituições de outras congregações femininas —sobretudo italianas— cuja observância foi recomendada por seus fundadores e fundadoras.
Palavras-chave: Arquivística histórica, Arquivos eclesiásticos, Congregações religiosas femininas, Tratamento arquivístico.
Introducción
José Ramón Cruz Mundet, quien se ha dedicado a esbozar alguna periodización sobre la Historia de la Archivología/Archivística, distingue dos etapas bastante delineadas: un período prearchivístico, caracterizado por la indefinición de los presupuestos para la organización de archivos y la sumisión teórica a otras disciplinas como la Bibliotecología y la Diplomática, y el período de desarrollo archivístico, en que la disciplina logró niveles de autonomía por la delimitación de su campo teórico y procesos de institucionalización y de profesionalización (Cruz Mundet, 1999).1 Se acepta, por lo general —con algunas propuestas cronológicas más alejadas en el tiempo—, que la salida del período prearchivístico se produjo con la difusión de traducciones a varias lenguas del Manual para la clasificación y descripción de los archivos (Haarlem, 1898), obra de los archiveros holandeses Samuel Müller, Johan Adriann Feith y Robert Fruin, y con la presentación y propuesta de este manual durante el Primer Congreso Internacional de Archiveros y Bibliotecarios (Bruselas, 1910) (Schmidt, 2015). Allí se discutieron y promocionaron los principios de fondo de archivo, respeto de los fondos y del orden original de Natalis de Wailly, jefe de la Sección Administrativa de los Archivos Departamentales del Ministerio del Interior francés, formulados en 1841 (Cruz Mundet, 1999; Heredia Herrera, 1995).
Este paso de una etapa a otra no fue homogéneo ni similar, por las realidades archivísticas de cada país. En la Argentina, por ejemplo, si bien fue pionera en toda Latinoamérica en la creación de su archivo nacional —llamado en 1821 Archivo General hasta su nacionalización efectiva en 1884—, los conocimientos técnico-científicos entraron mucho después y se cometieron “errores y defectos de implementación, y la aplicación de algunas políticas equivocadas y erráticas” (Swiderski, 2015, pp. 20 y 75). Aunque se abrió una carrera de Archivología en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires en 1923, no significa que se hayan impartido conocimientos archivísticos internacionales. La carrera duró poco por su neto corte historicista (Swiderski, 2015).
El proceso de institucionalización y de profesionalización de la Archivología en Argentina empezó en Córdoba con la creación de la Escuela de Archiveros en la Universidad Nacional de Córdoba recién en 1959 (Benito Moya y Mansilla, 2023; 2024). Hasta entonces, mucho de lo que se hizo obedeció a una etapa prearchivística o mejor, protoarchivística, entendiendo por esta segunda un período de transición en que alguna teoría circulaba por bibliografía que arribaba, pero no tenía mucha difusión.
Una manera para estudiar la etapa previa a la creación de la carrera en Córdoba es focalizarse en ámbitos institucionales que hayan tenido un interés genuino por gestionar y conservar sus archivos. En Córdoba, empezar por la Iglesia Católica asegura un campo de investigación fructífero, pues siempre ha tenido interés propio por documentar, gestionar y conservar su labor evangelizadora. De esta macrocefálica institución, seleccionamos como campo de análisis seis congregaciones femeninas que nacieron en “la docta” ciudad a fines del siglo XIX, justamente por ser instituciones autóctonas y nuevas, consecuencia del proceso de reforma y renovación que vivía la Iglesia a fines del siglo XIX llamado “romanización”; y, precisamente, por su flamante fundación necesitaron conocimientos de toda índole: teológicos, litúrgicos, educativos, administrativos, contables, enfermeros, incluso de cómo gestionar sus archivos. Esto provocó una circulación de conocimientos verticales y horizontales, del centro a la periferia, de un lado y del otro del Atlántico.
Hasta la fecha solo hay un trabajo que aborda los archivos y su gestión por estas congregaciones femeninas nacidas en Córdoba (Benítez Cardozo, 2021). Sí existen, en cambio, producciones históricas que se han valido de los documentos de los archivos para su cometido.
La contribución que proponemos se inscribe dentro de la especialidad de la Archivología eclesiástica, que es un campo que ha sido definido por sus especialistas como autónomo de la Archivología general, propiamente dicha, pues tiene su propia legislación, y sus propias lógicas en el tratamiento documental (Pérez Ortiz y Vivas Moreno, 2008). Nos interesan las lógicas organizacionales de la documentación de estas congregaciones religiosas femeninas cordobesas y la circulación de conocimientos archivísticos que pudieron darse desde las órdenes religiosas masculinas que estuvieron implicadas en su fundación, la circulación de saberes archivísticos entre ellas y de otros espacios jerárquicos como el vaticano y el diocesano. Creemos que, en la medida que estudiemos cada uno de los casos, podremos concluir generalidades basadas en la realidad, de los procesos históricos que conllevaron la construcción, circulación e implementación de los conocimientos archivísticos.
1. La Iglesia argentina y cordobesa a fines del siglo XIX
Para fines del siglo XIX la Iglesia romana vive un proceso de centralización y de control llamado romanización en detrimento de las iglesias nacionales, por el cual Roma se consolida como poder eclesiástico universal (Di Stefano y Zanatta, 2000).
Gran parte de las directivas para América Latina se perfilaron en el Primer Concilio Plenario de América Latina en 1899 (Acta et decreta, 1906), que contó con la presencia, entre otros argentinos, del obispo de Córdoba Fray Reginaldo Toro, fundador de las Hermanas Dominicas de San José. Las actas y decretos del plenario establecieron en el apartado de las obligaciones para los párrocos la correcta confección de los libros de registro de bautismos, matrimonios y defunciones (Gallardo, 2016). En realidad, se reforzaba con nuevo impulso lo dispuesto en el Concilio de Trento. Sin embargo, según veremos, estas actas y decretos fueron mucho más allá en las recomendaciones para los diversos tipos de archivos —tabularia— de la Iglesia Católica en Latinoamérica.
En este período que estudiamos, la Iglesia argentina se enfrentó a objetivos de laicización del Estado y la sociedad, lo que implicaba el revés de perder influencia.2 Se sancionaron las leyes laicas y, en una comunidad abierta a la penetración cultural y religiosa, la Iglesia no pudo conservar la posición de credo del Estado y arrogarse la exclusividad del manejo de los documentos donde constara la identidad y las relaciones jurídicas de las personas físicas del nuevo Estado, ni de sus archivos (Gallardo, 2016). Así encabezó un frente político para combatir las leyes laicas —entre ellas, las que nos interesan archivísticamente aquí como la de la subordinación de los tribunales eclesiásticos a los civiles, la de Registro Civil y la de secularización de los cementerios— y retornar a las bases católicas. Además, en el orden eclesiástico fomentó la constitución de colegios a cargo de religiosas y religiosos (Di Stéfano y Zanatta, 2000).
A nivel nacional, aparte de las leyes laicas ya mencionadas, pierde terreno en la salud, asistencia social, beneficencia y educación. Esta última albergada en manos del clero y congregaciones religiosas pasará a la esfera estatal, instándolos obligatoriamente a enfocarse en el ministerio pastoral.
La Iglesia particular de Córdoba, en el proceso de romanización, intentó institucionalizarse y organizar esta estructura con el clero parroquial de campaña y fortalecer vínculos con la sociedad para una militancia católica. El Estado provincial procuró adaptarse al avance del Estado liberal y una sociedad en vías de secularización sin seguir la misma política nacional. Frente a la ley 1420 del año 1884, por ejemplo, que establecía la educación común, gratuita y obligatoria, se negó a reglamentar la laicidad de la educación pública y la Iglesia tuvo la facultad de designar profesores de religión en escuelas públicas hasta principios del siglo XX (Gallardo, 2016).
En este trabajo estudiamos, desde la perspectiva archivística, seis congregaciones femeninas cordobesas que nacieron a fines del siglo XIX: Esclavas del Corazón de Jesús (1872), Hijas de María Inmaculada (Concepcionistas Argentinas, 1877), Terciarias Misioneras Franciscanas (1878), Hermanas Adoratrices del Santísimo Sacramento (Adoratrices Argentinas, 1885), Dominicas de San José (1886) y Mercedarias del Niño Jesús (1887).
Precisamente, serán instituciones religiosas direccionadas sobre todo a la educación femenina, aunque también de labores hospitalarias frente a la débil presencia oficial y protección y crianza de huérfanos. Son respuestas que dio la Iglesia a nivel nacional, pero Córdoba en particular, a los embates de laicización pretendidos por el Estado. El poder de la Iglesia amenazado por el estado laico asumió de manera más fuerte el rol educativo que había tenido desde el período colonial. Pero, esta vez, el foco se puso sobre todo en la mujer como madre y educadora en el hogar, como objetivo por estas congregaciones femeninas.
La primera fue la Congregación de las Hermanas Esclavas del Corazón de Jesús, que tuvo lugar el 29 de septiembre de 1872 por Saturnina Rodríguez (Córdoba, 1823-Córdoba, 1896), viuda de Zavalía (hoy beatificada como Catalina de María). En la fundación fue nombrado como director el canónigo de la catedral David Luque (Villa del Rosario, 1828-Córdoba, 1892) (Blanco, 1935), pero también colaboró el jesuita José María Bustamante (Ongayo, España 1834-Buenos Aires, 1909), a quien se atribuye el nombre de dicha congregación y la redacción de sus constituciones (Bustos, 1995). La misión principal de esta fue la de fundar colegios para impartir instrucción de primeras letras y de religión. En 1895 eran ya doscientas religiosas en doce casas.
Las Hijas de María Inmaculada fue la segunda, el 12 de noviembre de 1877. El propio Gerónimo Emiliano Clara (Villa del Rosario, 1827-Córdoba, 1892), del clero secular, fue su fundador (Corral, 2007). La gran benefactora fue Matilde Torres de Vázquez. La función de esta congregación instalada en una zona periférica de la ciudad, llamada Bajo Galán será también educativa y del cuidado de niñas pobres en asilos. A Clara, vicario de la diócesis vacante (1883-1884), por sus múltiples ocupaciones le fue difícil hacerse cargo de la fundación, y su enfrentamiento con las políticas laicistas del gobierno provincial y nacional derivó en su destitución de la canonjía del cabildo eclesiástico. Por estos problemas, recién en 1906 el obispo franciscano de Córdoba Fray Zenón Bustos les dio, de acuerdo con las religiosas, las nuevas constituciones (Corral, 2007).
Las Terciarias Misioneras Franciscanas nacen el 8 de diciembre de 1878, por vocación de María del Tránsito Cabanillas (Córdoba, 1821-San Vicente, 1885, hoy beatificada) acompañada del Fray Quírico Porreca (Pescocostanzo, Italia, 1843-Río Cuarto, 1896), quien ejerció como primer director.3 Fray Quírico escribió y presentó los primeros estatutos, pero renunció en 1881 (Miglioranza, 1981). La congregación estuvo dedicada a la educación de las niñas pobres.
La Congregación de las Hermanas Adoratrices fue pensada por el jesuita José María Bustamante como esencialmente educadora frente al avance laicista. Él mismo redactó sus constituciones y un 24 de septiembre de 1885 la estableció. Fue fundador y primer director, con la experiencia acumulada de haber sido rector de la residencia jesuítica de Córdoba y colaborado en el desenvolvimiento de la Esclavas del Corazón de Jesús.4
El 9 de octubre de 1886 nace la quinta congregación de las Hermanas Dominicas de San José, merced al impulso del dominico Fray Reginaldo Toro (San Miguel de Tucumán, 1839-Córdoba, 1904), quien había sido provincial de los dominicos y, luego, sería obispo de Córdoba. Fray Toro había abrevado el modelo fundacional a través de consultas y contactos con su comunidad religiosa, las autoridades eclesiásticas romanas y otras religiosas dominicas que ya contaban con reglas y constituciones (Peña, 2008). Las hermanas, inmediatamente fundadas, prestan su atención en la epidemia de cólera que azotó a la ciudad y, luego, prestarán una importante labor asistencial en el Hospital de Niños Santísima Trinidad y cuidando enfermos en casas particulares, como así la educación de niñas, muchas de ellas asiladas (Peña, 2012).
Las Hermanas Mercedarias del Niño Jesús fue la última congregación, fundada por el mercedario Fray José León Torres (Luyaba, 1849-Córdoba, 1930) el 1 de octubre de 1887. Era difícil su aprobación por la existencia de seis congregaciones autóctonas y las hermanitas del Huerto, pero la capacidad de Torres convence al vicario general del obispado Uladislao Castellano (Delgado, 1937). Se dedicaron desde 1888 a la educación de las niñas y al cuidado de enfermas en casas particulares.
Si bien algunas iniciaron alquilando locales en la zona centro de la ciudad de Córdoba, pronto su ubicación fue del todo estratégica y nada improvisada para atender a los sectores más vulnerables de la ciudad, a los que no alcanzaba el brazo evangelizador de la Iglesia de modo permanente. Así, las Adoratrices se establecieron al este, en la parte más marginal de la ciudad, cerca de la Estación del Ferrocarril Mitre, por donde llegaba la inmigración. También las Esclavas se establecieron al este, pero en el flamante pueblo de General Paz y las Franciscanas al sureste, en el pueblo de San Vicente, ambos satélites de la ciudad.
Hacia el norte lo hicieron las mercedarias en el pueblo de Alta Córdoba y hacia el noroeste las Concepcionistas, en zonas muy marginales.
Hacia el oeste y suroeste lo hicieron las Dominicas en la casa madre y el asilo que les dieron. Todas, desde allí empezaron a expandirse, algunas dentro de la ciudad hacia otros sectores; por ejemplo, las Concepcionistas se ubicaron en la zona norte del Mercado Norte, y otras, hacia otros pueblos y ciudades del interior que luego se extendieron a otras provincias y países limítrofes.
Las siete congregaciones nacidas en la ciudad, una del siglo XVIII y las seis de fines del siglo XIX, continúan su labor educacional hasta la actualidad habiéndose adaptado a los tiempos. Hoy, ya muy reducidas en su número. Aunque han cerrado comunidades que alguna vez fueron fruto de su expansión, todavía hay hermanas en sus primeras casas en la planta urbana de Córdoba.
2. Conocimientos circulantes y la organización de archivos
En los primeros tiempos de las congregaciones no existieron los llamados directorios, entendiendo por tales un tipo documental con una serie de instrucciones para gobernarse que amplían el contenido de las constituciones, entre ellas cómo organizar o llevar el archivo.
La fuente más rica en cuanto a ello sigue siendo las primeras constituciones. Estas son documentos indicativos, que reglamentan la vida temporal y espiritual de las congregaciones. Estos cuerpos normativos fueron redactados originalmente por los fundadores o directores espirituales varones o bien adaptaron otros ya existentes, que fueron aprobados por la diócesis —dominicas— o bien por Roma —las demás—. Nombran, aunque de modo general y poco preciso, los tipos documentales que deben producirse de acuerdo a las funciones y actividades. Un aspecto importante es que son más un ideal que se concretizará en el tiempo, pues se adelantan al futuro devenir. El discurso diplomático de la mayoría de ellas se divide en “partes” y “capítulos”. Allí se pueden apreciar dos aspectos bien definidos: uno relacionado a lo temporal y otro vinculado a la espiritualidad del instituto.
Las constituciones reciben también el nombre de estatutos, ordenamientos, costumbres y definiciones, y se caracterizan por ser susceptibles de ser reformadas. Estipulan el modo de elección de las jerarquías generales, la manera de relacionarse las hermanas entre sí y las actividades diarias. Se las distingue de las reglas o normas y práctica de comunidad de vida de los religiosos, que son inmodificables (Martínez Ruiz, 2004).
Las normativas iniciales comprendían adaptaciones de las constituciones de las terceras órdenes realizadas, en algunos casos, por los fundadores. La mayoría encajó en la rama de los terciarios y se acomodaron a las características de la sociedad cordobesa. Aquí se ve claramente una circulación de ese conocimiento de la realidad de las terceras órdenes que eran para laicos de ambos sexos. Los directores contaron en mayor o menor medida con la asistencia de las fundadoras; es el caso del arduo trabajo de la Madre Tránsito Cabanillas o la Madre Catalina de María Rodríguez, fundadoras de las Hermanas Terciarias Misioneras Franciscanas y las Hermanas Esclavas del Corazón de Jesús, respectivamente.
Es difícil rastrear, por otro lado, lógicas de organización primigenias en los archivos, primero porque no se han conservado totalmente en el tiempo, recordemos que muchos fondos de archivo tienen ciento cincuenta años y han recibido muchas reorganizaciones, pero también en las primeras décadas de existencia de estas congregaciones los archivos generales o archivos centrales y archivos sectoriales no existían. Lo que podríamos llamar Archivo no debía ser más de uno o dos estantes en un armario con pocos libros que todavía ni siquiera iniciaban series documentales. Por eso, sobre lo que más insisten las constituciones es en el aspecto del tipo diplomático (especie) de la tipología documental y en varios casos en su formulario. No obstante, más allá de que haya otras lógicas de organización en el tiempo de esos Archivos, siempre quedan vestigios, indicios, huellas de cómo se llevaron a cabo las primeras clasificaciones y ordenaciones.
2.1 Estructura institucional de las congregaciones
Los5 fundadores de las hermanas Adoratrices y Mercedarias denominaron constituciones a los cuerpos normativos que redactaron, mientras que las Franciscanas estatutos, y las Esclavas constitución y reglas.
Toda la manualística del campo archivístico insiste en que se debe conocer toda la estructura organizacional de una institución —organigrama—, pues del conocimiento de ella se derivan los sujetos productores de los documentos de acuerdo a sus atribuciones. En los diferentes artículos de las constituciones, ya sea en los capítulos dedicados a lo temporal como a lo espiritual, encontramos sujetos individuales o colegiados obligados a la producción de documentos. La creación documental exige un productor que tiene funciones reguladas por procedimientos y forma parte de la génesis documental (Heredia Herrera, 2013).
El primer cuerpo normativo de las Esclavas del Corazón de Jesús, que data del año 1897, fue redactado por el ignaciano José Bustamante con la supervisión del canónigo David Luque y el padre Cherta, otro jesuita que intervino activamente (Corral, 2007). Está dividido en tres partes, la primera con nueve capítulos, la segunda con cinco y la tercera con once. Además, cuenta con un Directorio, un tipo documental de menor extensión, que tiene como objetivo ser guía explicativa y completar de manera particular las generalidades normativas de la constitución, frente a la posibilidad de diversos sentidos en su interpretación.6
La última parte de las constituciones De la residencia y traslación de la Madre y Hermanas de la Congregación, aborda lo relacionado al gobierno del instituto religioso. Entre las autoridades unipersonales, la máxima jerarquía es la generala,7 con autoridad en todas las provincias o casas,8 las provincialas en el gobierno de una provincia y, por último, las superioras locales con rango de rectoras y vicerrectoras, circunscritas a la casa o colegio que les encomienda la generala.9 Entre las entidades colegiadas está la Congregación General, que es la reunión de determinadas hermanas con la finalidad de tratar específicos asuntos del instituto. Su objeto es la elección de la generala, sus asistentes y su admonitora. Otros cuerpos colectivos son el Consejo de la Generala con cuatro asistentes, siendo una de ellas la admonitora y la secretaria general; el Consejo de las Provincialas, y el Consejo de las Rectoras, con cuatro consultoras, una de ellas la admonitora.10
El primer ordenamiento para las Hermanas Adoratrices tuvo dos versiones, una aprobada en septiembre de 1885 y, la segunda, modificada y con declaraciones de su fundador el padre jesuita José María Bustamante en junio de 1892 (Denaro, 2000). Como Bustamante había sido cofundador de las Esclavas y había colaborado mucho con ellas, la estructura de gobierno de las Adoratrices fue muy similar. En el gobierno unipersonal está la madre general o generala que tiene carácter vitalicio,11 la madre vicaria, una admonitora, la secretaria general y dos asistentes. En las provincias, la madre provincial, y en cada casa una superiora local, llamada rectora. Entre las entidades colectivas de la Orden se encuentran la Congregación General, convocada por la vicaria, el Consejo de la Generala, el Consejo de la Provinciala y el Consejo Local.
Es indudable, por los nombres de las instituciones y por la existencia de una generala con cargo vitalicio, la influencia de la Constituciones de la Compañía de Jesús, pues es una adaptación de las mismas por el P. Bustamante en sendas fundaciones, al menos en las estructuras de gobierno. Para las Adoratrices, se sostiene que la producción del plan de estudios o reglamentos de Escuelas es atribución de la provincial con la exigencia de hacer que se adapten a circunstancias de lugar, tiempo y personas, una concepción de educación muy jesuítica, además.
Esta clara orientación jesuítica de sendas congregaciones está atestiguada muy de cerca en la propia vida de la fundadora de las Esclavas, la madre Catalina, por su devoción y afinidad espiritual con los ignacianos, algunos de los cuales fueron sus directores espirituales. Ella estaba convencida de que las constituciones de la Compañía de Jesús serían las más adecuadas. Así parece atestiguarlo en sus memorias: “Nuestro Padre iba a entregarnos las Santas Reglas que él mismo con el R.P. Bustamante habían redactado. Estas Reglas no eran sino las de S. Ignacio, apropiadas a una Congregación de mujeres, siendo en la sustancia las mismas” (Rodríguez, 2000, p. 79).
El mismo P. Luque tenía a los jesuitas en alta estima por su accionar espiritual como directores espirituales y confesores. El empuje final de las constituciones lo dará en Roma para su aprobación otro jesuita, el cardenal Luis Marsella, que se convertirá en protector de la Congregación (Corral, 2007).
Las otras congregaciones fundadas son fruto de órdenes mendicantes —con excepción de las concepcionistas—: franciscanos, dominicos y mercedarios, y las constituciones para las hermanas de esas familias religiosas también reflejaron estructuras de las primeras órdenes masculinas. Una particularidad para las derivadas de las órdenes mendicantes es que se acomodaron a la rama de las terceras órdenes que desde los orígenes estaban pensadas para laicos de ambos sexos, pues la primera orden estaba reservada a los varones, la segunda orden a las monjas de clausura y en la tercera se buscaba una participación más devota de los seglares.
Para las Franciscanas, Dominicas y Mercedarias la usanza fue tomar las constituciones de otras congregaciones que se habían aprobado un tiempo antes y hacerles algunos retoques. Las franciscanas tuvieron sus estatutos, redactados el mismo año de la fundación (1878)12 por el propio director Fray Quírico Porreca, quien adaptó, a su vez, las constituciones de las Hermanas Franciscanas de los Sagrados Estigmas (Estigmatinas) fundadas por Anna Lapini (Florencia, 1809- Florencia, 1860) (Corral, 2007).
Quírico Porreca, procedente de Italia, había llegado junto a nueve compañeros más a Río Cuarto para reforzar el Colegio de Propaganda Fide que los franciscanos habían fundado allí (Córdoba, 1934).13 En 1876 llegó a ser guardián del convento y pidió al ministro general la llegada de Hermanas Estigmatinas, sin éxito. Es en 1877, que toma contacto con Tránsito Cabanillas y se ve muy interesado en su proyecto que se concretará en 1878 y que dirigirá hasta 1881.
Tránsito Cabanillas no buscó apoyo en la propia comunidad franciscana de Córdoba, no es casualidad que lo fuera a buscar a Río Cuarto. Para ese tiempo la comunidad cordobesa de la antigua observancia estaba con pocas posibilidades de reproducción cultural y demográfica. Si bien sólo contamos con cifras para unas décadas anteriores, en 1841 eran apenas seis frailes ancianos y enfermos; era la continuación de un proceso secularizador que había empezado tímidamente desde la expulsión de los jesuitas (Ayrolo, 2007). Difícilmente esa comunidad se habría recuperado. En cambio, la comunidad del Colegio de Propaganda Fide de Río Cuarto, que en su mayoría eran italianos y llegados jóvenes, representaba la renovación, pues serían vehículos del proceso de romanización de la Iglesia. Agustín Garzón, quien fue benefactor y síndico de la congregación seráfica femenina, será el que contacte a Tránsito con Quírico Porreca. Este se dedicará a la traducción de los estatutos de las Estigmatinas, y a adaptarlos para la nueva familia religiosa. La Madre Tránsito insiste en el aspecto de oración y penitencia, y el P. Quírico propulsa la vida activa y de beneficencia. Estos estatutos fueron aprobados por el obispo de Córdoba en agosto de 1878 y comenzaron a regir el día de la instalación de la Congregación (Corral, 2007).
Porreca debía tener cierta fama como representante de la renovación romanista de la Iglesia, pues Jerónimo Clara escribió en 1883 unas constituciones para las Concepcionistas sobre el espíritu de San Francisco de Sales, quien las envió al franciscano para que las revisara, aunque no consta que las haya devuelto a Clara, por lo cual nunca llegaron a gobernar la comunidad de las hermanas de la Inmaculada (Corral, 2007).
En 1887 Porreca, siendo por tercera vez guardián del convento, tiene una actuación destacada en el flagelo del colera morbus que vuelve a asolar a Río Cuarto, esta vez ya con la comunidad de hermanas franciscanas presentes en la ciudad, sobre todo recogiendo los huérfanos que quedaban en las casas. En 1890, Quírico es nombrado por el ministro general de la Orden comisario general de los misioneros para toda la República Argentina, cargo que ejerce por seis años. Muere el 25 de abril de 1896.
La estructura de gobierno, claramente tiene un tinte franciscano, diferente al de los jesuitas. En la cúspide del gobierno unipersonal está la madre generala, quien designa con sus discretas a las provincialas;14 en la base están las superioras locales. Entre las entidades colectivas está el Capítulo General; tanto las generalas como las provincialas tienen su Discretorio, formado por cuatro discretas.
En febrero de 1903, la congregación de las Dominicas de San José fue autorizada por el obispo auxiliar de Córdoba Filemón Cabanillas, a regirse por la Regla de la Venerable Orden de Santo Domingo y por la constitución de la Congregación de la Anunciata de la ciudad de Vic (Denaro, 2014). No obstante, existe un documento, aunque trunco, pero con recomendaciones incorporadas por el fundador, que está estructurado en dos partes, el primero con veintitrés capítulos y el segundo con seis.15 Cabe mencionar que el texto original se conserva en el Archivo del Arzobispado de Córdoba y contiene folios en blanco, como dejando espacio para futuras incorporaciones. Como Toro cayó enfermo, nombró en 1903 en la dirección general de la congregación al P. Fray Tomás Ortega OP, quien junto al obispo auxiliar de la diócesis redactaron el texto definitivo muy similar a las Constituciones de la Anunciata, como quería el fundador (Corral, 2007).
Esta congregación de mujeres dominicas era muy reciente en la vida de la Iglesia. Su fundador, el sacerdote dominico Francisco Coll (Gombrèn, Gerona, 1812-Vic, 1875, hoy canonizado), había sido exclaustrado por la desamortización española de 1835; sin embargo, continuó como dominico y en 1856 fundó la Congregación de las Hermanas Dominicas de la Anunciata a las que les había dado unas constituciones que se aprobaron definitivamente en Roma en 1907. Esta obra se dedicó a la educación de niñas pobres y huérfanas, completamente minoritaria en la España de esa época.
¿Cómo Fray Reginaldo Toro conoció la Congregación de la Anunciata y cómo se hizo con una copia de sus Constituciones? El 9 de noviembre de 1877, Toro fue elegido prior provincial, reelecto en 1881. En calidad de tal, le tocó participar del capítulo general celebrado en Lovaina en septiembre de 1885. Allí, se ocupó de la comisión encargada de la reforma de las Constituciones y debió tener noticia de la flamante congregación femenina en España, que en 1884 se había afiliado a la Orden Dominica. Probablemente en esa comisión se estudiaran esas constituciones, que habían sido aprobadas en la fase diocesana en 1885 (Regla, 1885).
En enero de 1886 estaba en la ciudad de Vic visitando a las Anunciatas con la intención de convencerlas de que abrieran casa en la Argentina y, según publicaba el periódico La Veu del Montserrat, llevaba una copia de las constituciones publicadas en 1885 y el modelo de hábito para intentar replicar lo que había visto (Denaro, 2021). En febrero del ‘86 ya estaba de nuevo en Córdoba.
El capítulo XVII lleva por título De la constitución de priora16y demás empleados. Señala el acto electivo solo de la priora, cuyo nombramiento está a cargo del padre director junto al consejo de las más antiguas en profesión. Para la elección de la priora se utilizarán “cédulas” con un escrito mínimo formal que no exceda el renglón. De la suma de estos manuscritos se redactará el “acta de escrutinio”. Como organismo de gobierno unipersonal habrá una priora general y su secretaria general, una priora provincial y su secretaria provincial y prioras de las casas filiales,17 y como órganos colectivos un Consejo Extraordinario conformado por la priora general, el director general y hermanas elegidas para tal, que elige a la priora general y aprueba las cuentas generales, y un Consejo Ordinario, que se ocupa de asuntos como la admisión de una postulante, vestición del hábito, profesión de novicias, nombramiento de empleadas en oficios y cargos, entre ellos el de la archivera. De las seis congregaciones es el único cuerpo normativo donde encontramos en forma expresa referencia a una hermana con ese oficio.18
Tras la enfermedad y muerte de Fray Reginaldo Toro, le siguió en el obispado el franciscano Zenón Bustos y Ferreyra, quien viajó a Roma para la visita ad limina apostolorum, y llevó el encargo de tramitar la aprobación de las constituciones, que no pudo lograr. A su regreso de Roma, Zenón Bustos aprobó el texto de las ordenaciones el 11 de octubre de 1917 por tiempo ilimitado, quedando la congregación como puramente diocesana (Corral, 2007).
Si bien no consta documentalmente, hay varios indicios de que las constituciones de las mercedarias cordobesas han sido una adaptación de otras constituciones de monjas mercedarias. Torres, su fundador, en 1883 se había encontrado por primera vez con religiosas mercedarias españolas en Montevideo, que estaban de paso con destino a Chile para fundar una casa en el país trasandino. Luego, se enteró que la fundación chilena no prosperó y las invitó a trasladarse a Córdoba para fundar, pero las religiosas estaban decididas a volver a España. Por lo estudiado, mantenía correspondencia con ellas y se valía de otro religioso mercedario que estaba en Mendoza, intentando llevarlas a Córdoba sin éxito (Corral, 2007). Es muy probable que haya tenido un ejemplar de las constituciones de estas religiosas, que luego adaptó para su fundación.
Las constituciones definitivas de las mercedarias fueron aprobadas por el obispo Bustos y Ferreyra en 1909. El ejemplar hallado en el archivo de las mercedarias está redactado en italiano, posiblemente para presentarse a la Santa Sede, pues allí se aprobaron el 12 de enero de 1931 por decreto N° 54/9327-C.88. Consta de dos partes, la primera con diecinueve y la segunda con dieciocho capítulos.
En la primera parte se trata de un orden de precedencia donde quedan ya claros los cargos que luego se detallarán: 1° superiora general, 2° consejeras generales, 3° ex superiorasgenerales, 4° secretaria general, 5° ecónoma general, 6° superioras locales, 7° maestra denovicias, 8° coristas profesas de votos perpetuos primero y luego de votos temporales, 9° coadjutoras de votos perpetuos y luego de votos temporales, 10° novicias coristas y novicias coadjutoras, 11° postulantes coristas y coadjutoras.19 Como órganos colegiados existe un Consejo General formado por cuatro hermanas asistentes y Consejos Locales conformados por dos consejeras. Dentro del grupo de las asistentes generales está el de la secretaria general, quien es la encargada del Archivo general, su custodia, orden y secreto.20
Es de toda lógica pensar que las constituciones de estas congregaciones no estaban destinadas a marcar su vida administrativa, antes es mucho más esperable y de hecho así sucedía, todo lo que las religiosas debían hacer para su edificación espiritual. Un convento no era ni es una oficina administrativa, pero en la parte dedicada al gobierno de la congregación y los oficios de ese gobierno hay algunas indicaciones sobre qué documentos básicos llevar.
La correspondencia va a ser el móvil principal de comunicación de los fundadores y fundadoras, y también de los directores con el resto de las religiosas, bien sea a las gobernantas o bien sea a la comunidad de hermanas. Esos documentos, esos tipos documentales, no estuvieron por lógica en los textos de las constituciones. Fray Reginaldo Toro, por ejemplo, se comunicaba por correspondencia cuando fue designado obispo y ya no podía visitarlas con asiduidad. Así lo hacía mucho más el Padre Bustamante con las Adoratrices y las Esclavas del Corazón de Jesús cuando fue trasladado a Montevideo por sus superiores. Sin embargo, esta correspondencia de fundadores, fundadoras y directores espirituales es mucho más frecuente que apunte a su adelantamiento espiritual como comunidad que a otras recomendaciones.
2.2 Los documentos del magisterio de la Iglesia y la preocupación por los archivos
Tres acontecimientos importantes ocurrieron en la Iglesia universal, latinoamericana y local en el período que estudiamos y con contenido archivístico: el Sínodo diocesano (1877), el Concilio Plenario de la América Latina (1899) y la sanción del primer Código de Derecho Canónico (1917).
El Sínodo fue el único que hubo en el Obispado de Córdoba —para la época incluía a La Rioja— durante todo el siglo XIX, convocado después del Concilio Vaticano I (1870), y que coincidió con el momento del nacimiento de las congregaciones femeninas. Fue convocado por el obispo Manuel Eduardo Álvarez y sesionó entre el 1 de noviembre y el 9 de diciembre de 1877. Sobre un total de 48 participantes, varios tuvieron que ver de una forma u otra con la fundación, dirección, y aprobación de las congregaciones y sus constituciones: David Luque, Jerónimo Emiliano Clara, Fray José León Torres, Uladislao Castellano, y Fray Juan Capistrano Tissera (Arancibia y Dellaferrera, 1983).
En el capítulo XV, dedicado a las Disposiciones generales sobre parroquias, se insistió en los deberes del cura para cuidar el archivo parroquial, pues se notaban defectos. Allí mismo se especificaban las series documentales que debían conformar ese archivo, basadas principalmente en los libros sacramentales y de fábrica, aunque había novedad respecto de Trento en que se solicitaba guardar en el archivo los “documentos oficiales” e inventariar todo lo que había en la matriz y las capillas (XV, 3 y 8). Todo esto debía conservarse “en un armario decente y cerrado con llave (que tendrá el cura), y colocado en lugar seguro” (XV, 3 in fine). Un aspecto interesante para lo que estudiamos es que se compusieron formularios específicos para las diversas actas sacramentales y que cada curato debía tener un sello propio para signar cada partida y cada documento oficial (XV, 5) (Arancibia y Dellaferrera, 1983).
El Concilio Plenario fue convocado por el papa León XIII para todos los obispos latinoamericanos. Asistió por Córdoba su obispo Fray Reginaldo Toro, fundador de las dominicas de San José. El Concilio sesionó del 28 de mayo al 9 de julio y, aunque no trató asuntos de documentos y archivos del clero regular, sí tuvo una denodada preocupación por los archivos parroquiales (n. 265, 841), obispales (n. 560, 851, 852) y de cofradías y hermandades (n. 783). Las directivas fueron en la misma tónica de época, sobre la seguridad, orden y resguardo de los documentos parroquiales y diocesanos; sobre determinados tipos documentales a confeccionar y a guardar —se amplió notablemente los que debía guardar el párroco y los cofrades—; y la realización de inventarios de bienes y documentos. Se insistió, particularmente, en que se guardasen los autos de visitas pastorales, edictos y cartas pastorales (n. 265), como así también en el archivo secreto curial, las denuncias por solicitación (n. 560) (Acta et decreta, 1906).
En 1917 se promulga el Código de Derecho Canónico y viene a convalidar y abogar por el acceso a los archivos con fines de investigación histórica. Se adentró, además, en aspectos de personal de archivo. Entre los cánones 372 y 378 se reguló en materia de archivos eclesiásticos y diocesanos. Asimismo, incluyó en las figuras del canciller y el notario al personal para la atención en archivos. Varios párrafos se dedicaron a aspectos edilicios y relacionados al acceso y reproducción de documentos (Diego, 2000).
Es probable que la enseñanza archivística a las congregaciones religiosas femeninas responda a un patrón común de época, pues se espeja en las resoluciones tomadas en el propio sínodo, concilio y código: se insiste en los tipos documentales a crearse, se guía la normalización de las actas sacramentales mediante formularios específicos, se insiste en la existencia de un archivo representado como el espacio físico, es decir como continente (armario con llave) y siempre puesto a resguardo sobre seguro; también el concepto se refiere al contenido de los documentos que guarda (Heredia Herrera, 1995).
2.3 Asesoramiento periódico de entes eclesiásticos
El propio Fray Reginaldo Toro, como obispo, pudo transmitir lo dispuesto en el Concilio Plenario para América Latina en materia de archivos, no solo a sus hermanas dominicas, sino a todas las congregaciones de la diócesis de Córdoba. Los directores, aunque su tarea era más espiritual que canónica, sí tenían a su cargo la interpretación de la letra de las constituciones. Ya hemos ampliado que cuando a Toro le asaltó una larga enfermedad en 1903 dejó la dirección de las hermanas dominicas en Fray Tomás Ortega, otro dominico. Sin embargo, los directores nombrados por los obispos —la congregación era diocesana— no siempre fueron dominicos, pues los hubo del clero secular, franciscanos y hasta jesuitas, como el diocesano P. Gil Ferreyra desde 1918 a 1924, el jesuita P. Lauro Darner y el seráfico Fray José María Bottaro en 1924; todos con formación e impronta decidida del proceso de romanización de la Iglesia.
Darner i Bordas (1861-1926) era oriundo de Girona (España) y había sido nada menos que rector del Seminario Metropolitano de Buenos Aires de 1910 a 1917 y, luego, se había trasladado a Córdoba para ser profesor del noviciado entre 1918-1924 y superior de la residencia cordobesa hasta su fallecimiento (Durán, 2015). Bottaro (1859-1935) era oriundo de San Pedro (Buenos Aires) y fue guardián por tres períodos del convento franciscano de Buenos Aires. En 1902 y 1924 realizó la visita canónica a todas las congregaciones de monjas y hermanas de la ciudad de Córdoba. Entre sus funciones más sobresalientes fue nombrado ministro provincial entre 1900-1903, 1918-1921 y 1924-1926 y, nada menos, como definidor general convocado a Roma en 1905 y 1911. El 29 de octubre de 1926 Pío XI lo nombró arzobispo de Buenos Aires (Catalán y Facciano, 2012).
Los directores y los visitadores canónicos eran personajes claves en la transmisión de conocimientos archivísticos emanados de la Iglesia, porque una parte de la visita era al archivo y su contenido documental. A esto hay que sumar esporádicas vistas de los ministros generales de las respectivas órdenes religiosas masculinas; por ejemplo, en 1918, cuando el prior general de los dominicos Fray Luis Theissling visitó a las dominicas junto al provincial o la más esporádica de nuncios apostólicos, como la de Alberto Vassallo de Torregrossa a las dominicas en 1918, donde estas aprovecharon para reclamar la aprobación de las constituciones (Denaro, 2014).
2.4 Asesoramiento de religiosas de otras congregaciones
Se sabe que algunas de estas congregaciones recibieron la enseñanza espiritual y la asesoría en asuntos temporales basada en la experiencia de congregaciones más antiguas. En el trabajo aparecen las voces masculinas, por la actitud paternalista de la Iglesia y de la época, pero las que estaban en contacto con los documentos y los archivos todos los días eran las religiosas, sobre todo las que tenían funciones de gobierno específicas, como la secretaria y la ecónoma, por excelencia. Como ha sostenido Gabriela Peña (2008, p. 63),
para las religiosas, ese ideal tenía conexiones directas con la realidad, pues la vida concreta de cada día se desarrollaría en la permanente tensión entre el deseo y el esfuerzo de llegar a ser como se proponían y la experiencia de la propia limitación, entre la voluntad y la posibilidad. Y sería esa tensión la que iría marcando los caminos.
No se puede dejar de lado que eran las propias religiosas las que se encontraban con desafíos archivísticos de orden práctico periódicamente y eran ellas las que debían resolverlos. En los primeros tiempos de la fundación de las Adoratrices fueron tres hermanas Esclavas para prestarles asistencia y formación, debido a que el P. Bustamante había intervenido en las dos fundaciones. Las funciones que tuvieron fueron de superiora, maestra de novicias y portera. La hermana Brígida Barbosa luego pedirá permanecer y profesar en el Instituto de las Adoratrices, y sería electa por unanimidad la primera superiora general en 1887, para morir poco tiempo después en Santa Fe, en 1889 (Corral, 2007).
En el caso de las dominicas ocurrió algo similar, pues inmediatamente después de la fundación una monja del Monasterio de Santa Catalina de Sena pidió entrar a la comunidad por razones de salud y, como en los primeros tiempos, ocuparon una casa cerca de las hermanas carmelitas del Colegio de Huérfanas, recibieron la visita y asesoramiento continuado (Denaro, 2014).
Es muy probable que, aunque no era usual la comunicación entre congregaciones, pues esos grados de confraternidad externa terminarían de madurar después del Concilio Vaticano Segundo, existiera, al menos, un espíritu incipiente de que las congregaciones más antiguas prestaran alguna ayuda a las más nuevas y no las viesen como competencia en el campo simbólico y social.
3. El Archivo
La presencia del archivo en los primeros textos preceptivos de las congregaciones es muy débil. Suele aparecer mencionado y relacionado a una obligación para ciertos cargos dentro de la congregación, generalmente dentro de apartados destinados al gobierno. Existen diversas acepciones que se reconocen de la palabra archivo en los viejos ordenamientos. Lo emplean como sinónimo de documentos históricos, lo designan como una institución operativa o lo reservan para el lugar de custodia del fondo documental.
De las tres funciones tradicionales de los archivos: recoger, conservar y servir, los textos constitucionales en forma constante mencionan solo la función de conservar. Pero las congregaciones no se limitaron al acto mecánico de recolectar y acumular. Al requerir control, la conservación excede la guarda y también tiene fines de perdurabilidad de los soportes documentales; el servicio se relaciona a la facilidad para el acceso y la consulta (Heredia Herrera, 1995).
Es difícil ver lógicas de clasificación y ordenación de los primeros tiempos, pues los fondos han tenido sucesivas intervenciones y sucesivas lógicas a lo largo de casi una centuria y media, pero también como ya hemos dicho, durante muchas décadas no debieron de pasar de algunos estantes en un pequeño armario.
De todas maneras, creemos que las que han logrado conservar una forma antigua, tomada más del campo bibliotecológico, han sido las terciarias franciscanas.
Todo su cuadro de clasificación y la ordenación está compuesto respetando el principio de procedencia, pero con letras mayúsculas del alfabeto que marcan secciones, “rubros” (series documentales) y temas. Las secciones abarcan desde la letra A hasta la letra Q. La sección A es todo lo histórico de la congregación; lo de gobierno se encuentra en las secciones C, D, E y F; lo de formación religiosa lo encontramos en la sección K y P.
Las Franciscanas han seguido distintos criterios para la ordenación de su fondo, el alfabético, el cronológico y el numérico. Para las series documentales utilizaron desde la letra A hasta la letra Q, comenzando por el mismo año de su fundación: 1878. En las secciones se utilizan letras de abecedario y, dentro de la serie documental, cada tema tiene un número de identificación; a modo de ejemplo: la sección E de la serie documental Constituciones y Capítulos desde 1878 a 2010 abarca los siguientes temas: 22. Proceso de la Congregación, 23. Capítulo General, 24. Constituciones, Reglas, Directorios y Tradiciones, 25. Reglamentos de capítulos.21
La entrevistada, la hermana franciscana Patricia de María, encargada del Archivo desde 1983, justifica la decisión de esta ordenación:
la madre Aída me hizo ver cómo estaba dividido en secciones, según las temáticas. La sección H, [serie documental de Familias religiosas-Relaciones] tiene número 1 de familias religiosas, y son varias cajas, la [caja] número 2 relaciones anuales y la [caja] número 3 relaciones enviadas a Roma. Nosotras a ese número le decimos internamente código. (P. A. Ruiz de María, comunicación personal, 23 de agosto de 2017)
Esta forma de clasificar era bien conocida en la Orden franciscana para sus bibliotecas desde el siglo XVII, por lo menos. En el Convento de San Jorge de Córdoba se aplicaba para la clasificación y ordenación de los libros, por lo que bien esa manera de dividir por letras del alfabeto y por temas, quizá haya tenido un origen en ello. Como hemos sostenido, “las clasificaciones se iban armando por tradición, es decir, por la tarea y la experiencia acumulada de los frailes en otros centros seráficos y por el intercambio de información”. Esta forma de organizar la hemos constatado también en el antiguo Colegio Franciscano de Propaganda Fide en Tarija y en algunos conventos franciscanos mexicanos (Benito Moya, Benítez Cardozo et al., 2019).
Conclusiones
En el siglo XIX, la Iglesia universal en el plano de conocimientos archivísticos no ofreció grandes innovaciones, más allá de la decisión trascendental de León XIII de abrir en 1881 el Archivo Secreto Vaticano a la consulta pública —el Concilio Vaticano I no dio directivas archivísticas—. No obstante, la preocupación por los archivos estuvo presente en otros concilios y, a nivel diocesano, en sínodos. Ejemplo de ello fueron el Sínodo diocesano del Obispado de Córdoba de 1877 y el Concilio Plenario para América Latina de 1899, que legislaron en materia archivística diocesana y parroquial siguiendo la línea del viejo Concilio de Trento.
¿Por qué estudiamos solo las seis congregaciones de hermanas que nacieron en Córdoba entre 1872 y 1887 en tan solo un lapso de quince años? ¿Por qué no haber estudiado todas las que había en la ciudad? En Córdoba, para la época estaba el antiguo Colegio de Niñas Nobles Huérfanas, nacido junto a un beaterio en 1782, devenido luego en Congregación de Hermanas Carmelitas de Santa Teresa de Jesús; las Hijas de Nuestra Señora del Huerto llegadas en 1859; las Hermanas de la Virgen de la Caridad del Buen Pastor D’Angers en 1888 y las Hermanas Terciarias Franciscanas de la Caridad, llegadas desde Buenos Aires en 1898.
El núcleo problemático que guio esta investigación buscaba conocer los orígenes de la etapa protoarchivística de Córdoba y precisamente estas fundaciones autóctonas, que iniciaron sus archivos y su gestión desde la base, eran las más apropiadas para enfocarnos en el problema, porque no tuvieron experiencia previa archivística, las nociones que alcanzaron fueron en principio naturales, de sentido común. Con el transcurso del tiempo y el crecimiento congregacional y documental establecieron estrategias archivísticas propias.
Tampoco hemos advertido mucha vinculación entre las congregaciones que vinieron del Viejo Mundo, con conocimientos archivísticos acumulados, y las nacidas en Córdoba.
Otros aspectos de ese conjunto de problemas de investigación ha sido exponer cómo concibieron la organización de sus archivos y desentrañar aspectos del tratamiento archivístico. Asimismo, buscamos descifrar las decisiones o formas resolutivas que adoptaron sin echar mano a una teoría archivística concreta. Unas optaron por pericias basadas en la practicidad, mientras que otras por algún asesoramiento de sus cofundadores, directores y del obispado. En las primeras se apeló a experiencias personales y lógicas observadas en otras actividades, como por ejemplo el modo de llevar el libro diario de la casa, el registro de ingreso de aspirantes o el deceso de alguna hermana.
También asumieron aspectos autóctonos o derivados de las organizaciones de las ramas masculinas que las fundaron o las previsiones en la materia en las constituciones que redactaron para su funcionamiento. Incluso fueron atravesadas durante su existencia por principios rectores sobre archivos de la Iglesia, como los del Concilio de Trento y el Código de Derecho Canónico de 1917.
Frente a la falta de un cuerpo normativo rector y de un corpus teórico archivístico, los archivos de las seis congregaciones se constituyeron como resultado de una praxis inductiva, funcional y empírica signada por la utilidad, practicidad y el ajuste racional. Esto es, la práctica reflexiva abandonó la práctica intuitiva inicial en la gestión documental.
Los modelos de organización se nutrieron de la propia experiencia y conocimiento de la vida religiosa de los fundadores o cofundadores o directores en ejercicio de sus cargos de gobierno, formación o enseñanza recibida. La movilidad existente y permitida entre congregaciones permitió que hermanas que ingresaron de otro instituto religioso compartieran su experiencia en estas tareas.
No siempre las congregaciones femeninas cordobesas organizaron sus archivos con criterios idénticos a los de sus equivalentes masculinos, que sistematizaron sus documentos en su actividad espiritual y temporal.
Las constituciones de estas congregaciones fueron delineando los diversos tipos documentales dispositivos; establecieron la forma plebiscitaria de elección de las jerarquías generales y locales; el modo de interacción de las hermanas y sus labores cotidianas, que nos permitió reconstruir la organización interna. La jerarquía se desarrolla en un programa de gobierno con similares estructuras gubernativas en las cinco congregaciones estudiadas; en estos cuerpos normativos encontramos sujetos individuales y colegiados obligados a la producción de documentos.
En sus orígenes, la existencia de actividades generales como la pastoral no representaron grandes complicaciones en la producción de documentos. Con el paso de los años fueron asumiendo nuevas actividades que complejizaron la estructura organizacional y por ende la documental.
La presencia del archivo en los viejos textos normativos es latente. Desde los primeros ordenamientos el archivo se menciona y se relaciona como una tarea propia de ciertos cargos. El hecho de su mención en las constituciones es quizás una de las razones por las que generaron la conciencia de conservar cada uno de sus documentos que perduran hasta la actualidad. En cada uno de sus traslados de domicilio planificaron un espacio particular para depositar los documentos, lo que manifiesta la importancia que le otorgaban. Buscaron mobiliario con capacidad de almacenamiento, tan celosas fueron de resguardar su contenido que no encontramos armarios y acceso al espacio físico del archivo sin cerradura y llave; incluso llegan a especificar las personas habilitadas para su ingreso y consulta.
Queda abierta la pregunta por la inculturación de los carismas en el plano archivístico, ya que, originados en un molde y modelo europeo, en qué medida fueron traducidos a lo particular del lugar y la capacidad de reconvertirlos a los parámetros peculiares. Así como existían estatutos y constituciones de los institutos masculinos, debieron adaptarse para redactar constituciones que tomaran en cuenta la condición femenina, la cultura del ambiente cordobés, las necesidades históricas nacionales, pero sobre todo experimentarlas e instalarlas en las nuevas configuraciones religiosas. No era posible hacer un calco de la vida religiosa masculina sin más, sino que se trataba de crear una versión femenina auténtica.
Los diversos oficios contenidos en las constituciones se fueron ocupando con el tiempo y surgieron a medida que hubo necesidad. Por ejemplo, entre las dominicas, Fray Reginaldo Toro cuando creyó que había necesidad, nombró a la maestra de novicias de la congregación en 1889 en una religiosa que lo desempeñó por veintisiete años. Luego, en 1892, surgiría el oficio de maestra de conversas. Eso nos muestra otra realidad, la de la inmigración y las conversas al catolicismo.
Referencias bibliográficas
Acta et Decreta Concilii Plenarii Americae Latinae in urbe celebrati anno Domini MDCCCXCIX. (1906). Typis Vaticanis.
Arancibia, J. M. y Dellaferrera, N. (1983). Un sínodo diocesano en el siglo XIX: Córdoba, 1877. Teología, 20(41), 5-48.
Ayrolo, V. (2007). Funcionarios de Dios y de la República: clero y política en la experiencia de las autonomías provinciales. Biblos.
Ayrolo, V. (2017). El abrazo reformador. Las reformas eclesiásticas en tiempos de construcción estatal. Córdoba y Cuyo en el concierto iberoamericano (1813-1840). Prohistoria Ediciones.
Benítez Cardozo, E. (2021). Estrategias y formas de gestión archivística de las congregaciones femeninas nacidas en Córdoba. Fines del siglo XIX hasta las reformas del Concilio Vaticano Segundo. Anuario Escuela de Archivología, (13), 280-297. https://revistas.unc.edu.ar/index.php/anuario/article/view/37915
Benito Moya, S. G. A., Benítez Cardozo, E. et al. (2019). “Agradable a Dios y útil a los hombres”: El universo cultural en las bibliotecas de los franciscanos de Córdoba del Tucumán (1575-1850). Castañeda.
Benito Moya, S. G. A. y Mansilla, A. (2023). La institucionalización y la latinoamericanización de la Archivología: el Centro Interamericano de Desarrollo de Archivos. Córdoba (1974-1989). Revista General de Información y Documentación, 33(2), 667-693.https://revistas.ucm.es/index.php/RGID/article/view/88462
Benito Moya, S. G. A. y Mansilla, A. (2024). Los planes de estudios de la Escuela de Archiveros de Córdoba (Argentina). Directrices de clasificación del conocimiento aplicado a la enseñanza (1959-1990). En M. Á. Gutiérrez López et al. (Eds.), El quehacer archivístico: procesos formativos y espacios educativos (pp. 139-167). Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo-Silla Vacía Editorial.
Blanco, J. M. (1935). R. P. José María Bustamante de la Compañía de Jesús. Fundador del Instituto de las Adoratrices y organizador del Instituto de las Esclavas del Corazón de Jesús. Amorrortu.
Bustos, E. C. (1995). La mujer que buscó a Dios. La sierva de Dios Madre Catalina de María Rodríguez fundadora de las Esclavas del Corazón de Jesús (Argentinas). Artes Gráficas Crivelli.
Campobassi, C. F. J. (1961). Laicismo y catolicismo en la educación pública argentina. Gure.
Catalán, J. D. y Facciano, B. (2012). Provincia de la Asunción. Memoria de sus frailes 1612-2012. Ediciones Castañeda.
Córdoba, A. (1934). La Orden Franciscana en las Repúblicas del Plata (Síntesis histórica) 1536-1934. Imprenta López.
Corral, J. L. (2007). La vida religiosa originada en Córdoba a finales del siglo XIX. Emergentes eclesiales en la Argentina Moderna. El acontecimiento y su exegética. UCC.
Cruz Mundet, J. R. (1999). Manual de Archivística. Fundación Germán Sánchez Ruipérez.
Delgado, R. (1937). Las Terceras Mercedarias del Niño Jesús en su cincuentenario, 1887-1937, Vol. II. La Guttenberg.
Denaro, L. de (2000). Con ojos de Padre. Cartas y escritos del P. José Bustamante de la Compañía de Jesús, T. I. Ediciones del Inmaculado Corazón de María.
Denaro, L. de (2014). La obra asistencial de las Hermanas Dominicas de San José. Córdoba.
Denaro, L. de (2021). Fray Reginaldo Toro. I Cartas y escritos. Su mensaje de obispo, fundador y dominico. Córdoba.
Diego, N. de (2000). Los archivos españoles de la Iglesia Católica. Cuadernos de Historia Moderna, (25), 339-372. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=123217
Di Stefano, R. y Zanatta, L. (2000). Historia de la Iglesia Argentina. Desde la Conquista hasta fines del siglo XX. Grijalbo.
Durán, J. G. (2015). Orígenes de la Facultad de Teología. Contexto histórico y breve fundacional. Teología, 52(117), 29-53. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5997073
Gallardo, M. (2016). Clero secular y territorialización parroquial en la diócesis de Córdoba, 1875-1925. Prácticas y poder pastoral en el marco del proceso de romanización de la Iglesia y modernización del Estado. Universidad Nacional de La Plata.
Heredia Herrera, A. (1995). Archivística general. Teoría y práctica. Servicio de Publicaciones de la Diputación de Sevilla.
Heredia Herrera, A. (2013). Manual de Archivística básica: Gestión y sistemas. Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.
Marín Agudelo, S. A. (2012). Estado de la archivística en América Latina 2000-2009. Perspectivas teóricas y aproximaciones conceptuales. Investigación Bibliotecológica. Archivonomía. Bibliotecología e Información, 26(57), 337-359. http://rev-ib.unam.mx/ib/index.php/ib/article/view/33840
Martínez Ruiz, E. (2004). El peso de la Iglesia. Cuatro siglos de Órdenes Religiosas en España. Actas.
Miglioranza, C. (1981). María del Tránsito Cabanillas de Jesús Sacramentado. Fundadora de las Hermanas Terciarias Misioneras Franciscanas. Córdoba.
Peña, G. (2008). Ideales y realidad en los orígenes de las Hermanas Dominicas de San José. El proyecto fundacional en la perspectiva del Padre Reginaldo Toro y de las doce primeras Hermanas. En C. Folquer (Ed.), La Orden dominicana en Argentina: actores y prácticas. Desde la Colonia al siglo XX (pp. 55-80). UNSTA.
Peña, G. (2012). Abrazar a la humanidad sufriente. Las Hermanas Dominicas de San José y el servicio a los enfermos. Itinerantes. Revista de Historia y Religión, (2), 207-228. https://doi.org/10.53439/revitin.2012.01.09
Pérez Ortiz, M. G. y Vivas Moreno, A. (2008). Análisis de la estructura temporal de la Archivística eclesiástica. Revista General de Información y Documentación, (18), 213-237. https://revistas.ucm.es/index.php/RGID/article/view/RGID0808110213A
Regla de la Tercera Orden de Santo Domingo, aclarada y adicionada para el uso de las Terciarias de la Congregación de la Anunciata de Vich. Seguida de sus Constituciones. (1885). Imprenta y Librería de Ramón Anglada.
Ridener, J. (2009). From polders to postmodernism: A concise history of archival theory. Litwin Books.
Rodríguez, C. de M. (2000). Memorias. Datos para la historia de la Congregación de las Esclavas del Corazón de Jesús. Editorial El Atelier.
Schmidt, C. (2015). A construção do objeto científico na trajetória histórico-epistemológica da Arquivologia. Associação de Arquivistas de São Paulo.
Swiderski, G. (2015). Las huellas de Mnemosyne. La construcción del patrimonio documental en la Argentina. Biblos.
Vivas Moreno, A. (2004). El tiempo de la archivística: un estudio de sus espacios de racionalidad histórica. Ciência da Informação, 33(3), 76-96. https://revista.ibict.br/ciinf/article/view/1036
Notas
Recepción: 18 octubre 2025
Aprobación: 08 diciembre 2025
Publicación: 01 enero 2026